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La entidad pública mantiene la titularidad de los terrenos que están en manos de Adif
El Ministerio de Fomento ha acordado ceder el uso de unos terrenos de propiedad de Adif en Almería, que serán destinados a viales públicos y espacios libres, al Ayuntamiento de esta localidad. Adif autoriza la ocupación de 2.156 metros cuadrados para destinarlos a viales públicos y espacios libres para hacer una rotonda, lo cual no tiene nada que ver con la posible cesión futura de terrenos de cara al soterramiento.
El presidente de Adif, Antonio González Marín, ha firmado el convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Almería para la ocupación anticipada de unos terrenos de su propiedad en el recinto ferroviario de la estación, con el objeto de contribuir al desarrollo urbanístico de la capital almeriense.
En virtud de este convenio, el Ayuntamiento de Almería reconoce la plena titularidad de Adif sobre esa superficie de 2.156 m2, al tiempo que dicha ocupación no supone en modo alguno la transmisión de la propiedad de los terrenos de Adif, que deberán ser obtenidos por el Ayuntamiento en la forma legalmente prevista.
En su ánimo de mejorar los sistemas de comunicación almerienses y contribuir al desarrollo urbanístico de la ciudad, Adif cede el uso de estos terrenos que son de vital importancia para acometer las obras de urbanización prevista en la confluencia de la avenida Cabo de Gata, Carretera de Sierra Alhamilla y Carretera de Ronda, conformando la macro rotonda del Cable Inglés que, además de mejorar el tráfico, permitirá eliminar el mismo bajo el monumento del Cargadero de Mineral, declarado Bien de Interés Cultural por parte de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.
Por su parte, el Ayuntamiento de Almería, en virtud de este convenio, se compromete a asumir por su cuenta y cargo, el coste derivado de la reposición de instalaciones ferroviarias que sean necesario acometer, incluyendo el cerramiento del recinto ferroviario.
Asimismo, el Consistorio reconoce a favor de Adif el aprovechamiento urbanístico otorgado por el planeamiento vigente, o bien del planeamiento en revisión si resultara superior, correspondiente a los terrenos ocupados anticipadamente.
De igual forma, el Ayuntamiento se obliga a efectuar la expropiación de esos 2.156 m2 en el plazo máximo de 4 años a contar desde la firma de este documento.