La Junta Electoral Central admite el viaje vacacional como excusa para no ser miembro de una mesa electoral
La Junta Electoral Central (JEC) ha publicado este jueves una resolución en la que establece los criterios para aceptar o rechazar las excusas de los ciudadanos que han sido designados para formar parte de una mesa electoral en las elecciones del 23 de junio.
Entre las causas que pueden justificar la renuncia a ser miembro de una mesa electoral, la JEC ha incluido el caso de que se tenga contratado un viaje o estancia de carácter vacacional antes de la convocatoria de los comicios, siempre que su cancelación suponga un perjuicio económico o un trastorno grave para el solicitante.
Para ello, el interesado deberá aportar documentación que acredite la fecha del contrato, el importe abonado y las condiciones de cancelación, así como el perjuicio o trastorno que le ocasionaría renunciar al viaje.
La JEC ha precisado que esta excusa solo será válida si se asegura la integración plena de las mesas electorales, es decir, si hay suficientes suplentes para cubrir las posibles bajas.
VOTO POR CORREO
Además, la JEC ha aprobado una instrucción que obliga a los electores que voten por correo a identificarse con el DNI o un documento equivalente en el momento de enviar la papeleta y depositar el voto en la oficina postal.
Asimismo, ha indicado que si el elector no puede acudir personalmente a entregar la documentación, deberá otorgar una autorización a otra persona para que lo haga en su nombre, con su firma y una fotocopia de su documento de identidad.
La JEC ha recordado que el plazo para solicitar el voto por correo finaliza el próximo 16 de junio y que el envío de las papeletas se realizará hasta el 21 de junio. El voto por correo deberá ser recibido en la mesa electoral correspondiente antes de las 20:00 horas del día de la votación.