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28 años de prisión por asesinar a su expareja con una piedra de hormigón
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28 años de prisión por asesinar a su expareja con una piedra de hormigón

martes 24 de octubre de 2023, 16:07h

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Un jurado popular ha considerado por unanimidad a D.C. autor de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, otro de quebrantamiento de condena y otro de coacciones en el ámbito de la violencia de género, por los que le ha impuesto una pena total de 28 años de cárcel. El acusado mató a su expareja, Inmaculada Z.M.O., en junio de 2021, cuando esta salía de trabajar y se dirigía a su domicilio en Roquetas de Mar (Almería). La víctima fue sorprendida por el agresor, que le propinó múltiples golpes en la cabeza y la cara con una piedra de hormigón de cinco kilos, provocándole un traumatismo craneoencefálico mortal.

El jurado ha valorado las pruebas presentadas durante el juicio, que se ha celebrado durante cinco días en la Audiencia Provincial de Almería, y ha declarado probado que el acusado actuó con alevosía, al aprovecharse de la indefensión de la víctima, que no pudo reaccionar ni defenderse del ataque; y con ensañamiento, al aumentar innecesariamente el sufrimiento de la víctima, que recibió golpes intencionados en el rostro cuando ya estaba en el suelo. El jurado ha tenido en cuenta también las circunstancias agravantes de parentesco y violencia de género, ya que el acusado tenía una orden de alejamiento respecto a la víctima, a la que había coaccionado y amenazado en varias ocasiones.

El jurado ha basado su veredicto en las evidencias halladas en la escena del crimen, como la piedra manchada de sangre, la sudadera del acusado con restos de ADN suyo y de la víctima, y las salpicaduras de sangre en una fachada y un coche cercanos. También ha tenido en cuenta el informe pericial sobre el posicionamiento del teléfono móvil del acusado, que lo situaba en la zona donde ocurrieron los hechos; y el testimonio de una testigo que vio a una persona agazapada huir del lugar, cuya descripción coincide con la del acusado. El jurado ha rechazado la versión del acusado, que dijo estar esa noche en la playa, sin aportar ninguna prueba que lo respaldara.

El jurado ha mostrado su repulsa por este crimen machista y ha expresado su solidaridad con la familia y los amigos de la víctima. Asimismo, ha solicitado al tribunal que no conceda el indulto ni la revisión condicional de la pena al acusado, al considerarlo un peligro para la sociedad. La Fiscalía ha pedido la máxima condena para el procesado, mientras que la defensa ha anunciado que recurrirá el veredicto.

Además de condenar a D.C. por el asesinato con alevosía y ensañamiento de su expareja, Inmaculada Z.M.O., en Roquetas de Mar (Almería), el jurado popular ha declarado al acusado culpable de otros tres delitos: quebrantamiento de condena continuado, coacciones en el ámbito de la violencia de género y violencia de género agravada. El jurado ha tenido en cuenta que el acusado tenía una orden de alejamiento y dos condenas previas por maltrato hacia la víctima, a la que acosó e intimidó hasta el día del crimen, ocurrido en junio de 2021.

El jurado ha considerado probado que el acusado siguió a la víctima desde que salió de la cárcel meses antes del asesinato, violando la orden de alejamiento que le impedía acercarse a menos de 500 metros de ella. El acusado se presentaba en su domicilio, en su lugar de trabajo y en los sitios que frecuentaba la víctima, alterando su vida normal y causándole miedo y angustia. El jurado ha destacado un episodio en el que el acusado golpeó la puerta de la víctima, siendo visto por vecinos y familiares; y otros testimonios que afirmaron que el acusado merodeaba por la zona donde vivía y trabajaba la víctima.

El jurado también ha valorado las declaraciones de algunos testigos, que dijeron que el acusado les confesó su deseo de volver con la víctima, y las de otros, que contaron que la víctima estaba preocupada por el acoso del agresor, al punto de llegar llorando varios días a casa. El jurado ha entendido que el acusado actuó con un ánimo de posesión y dominación sobre la víctima, demostrando una actitud machista y violenta. El jurado ha señalado que la propia intimidación del acusado impidió a la víctima denunciar los hechos.

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