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3 años de cárcel para el sargento que mató a un legionario
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3 años de cárcel para el sargento que mató a un legionario

Por Ana Rodríguez
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miércoles 10 de mayo de 2023, 17:11h

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La familia pedía 34 años, pero el Tribunal no lo ha considerado un asesinato, aunque la sentencia es recurrible

Por la muerte de un legionario mallorquín de 21 años a causa de un tiro de fusil en unas maniobras en Agost (Alicante) en marzo de 2019, el Tribunal Territorial Militar Segundo, con sede en Sevilla, ha impuesto una pena de tres años, diez meses y 26 días de cárcel al sargento de la Legión que lo mandaba, si biense puede recurrir en casación ante la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo.. El joven pertenecía a la brigada de la Legión con base en Viator. Los padres del fallecido pedían para el sargento 34 años de prisión.

La sentencia, de 141 folios y dictada el 29 de marzo pasado, considera al sargento Antonio Saúl Guil culpable de un delito contra la eficacia del servicio militar, por el que le impone dos años, ocho meses y 26 días de cárcel y la suspensión de empleo. Además, le obliga a pagar a los padres del legionario muerto 208.294,82 euros, de los cuales 150.000 euros los cubrirá la aseguradora Plus Ultra y el resto el Estado como responsable civil subsidiario.

Asimismo, le impone otros 14 meses de cárcel y la suspensión de empleo por dos delitos de abuso de autoridad del artículo 48 del Código Penal Militar.

Por otro lado, la sentencia le absuelve de un delito contra la administración de justicia, de otros tres delitos de abuso de autoridad que se le imputaban y de un delito de asesinato.

La sentencia también declara inocentes al resto de los procesados en este caso, que eran el capitán Antonio Cabello, el teniente Pablo Fernández, el capitán Ricardo Gascón, el cabo Alejandro Roca, el cabo Adrián Cóllar, el soldado Abel García y el soldado Alejandro Jiménez. A ellos se les atribuían diversos delitos como deslealtad, abuso de autoridad, encubrimiento, desobediencia, asesinato o contra los derechos fundamentales y libertades públicas.

La sentencia explica que el 25 de marzo de 2019 en el campo de tiro de Agost, el sargento de la Legión Antonio Saúl Guil dirigió un pelotón que realizó un ejercicio de ataque a un merlón con cuatro objetivos, usando munición real. El sargento también disparó su fusil en el ejercicio.

Cuando terminó la maniobra y se comprobaron los objetivos, según la sentencia, el sargento «mandó subir a todos a la cima del merlón». La sentencia afirma que «uno de los tiros» del sargento Guil en el ejercicio «impactó al caballero legionario Alejandro Jiménez Cruz», primero en el culatín de su fusil y luego en su cuerpo, causándole una «herida de bala en el hemitórax derecho» que le provocó la muerte.

El tribunal indica que un informe de balística de la Guardia Civil y tres expertos de ese servicio que lo hicieron, «han demostrado que el trozo de bala» que acabó con la vida del caballero legionario Jiménez Cruz «salió» directamente «del fusil del sargento Guil», quien en el juicio negaba ese hecho y decía que el tiro mortal fue un «rebote» de una bala.

El tribunal añade que aunque el sargento dijese en el juicio que él no tiró desde el merlón atacado, un análisis de las vainas encontradas en él muestra que siete de esas vainas corresponden a su fusil, resaltando la «fiabilidad y validez técnico científica» de los informes usados para estas conclusiones.

Por eso, el tribunal determina que el caballero legionario Jiménez Cruz murió por «un disparo directo desde una posición atrasada y a una distancia aproximada a la que estaba el sargento Guil». Así, el tribunal afirma su «certeza de la autoría del disparo por parte del sargento Guil», hecho confirmado además por el informe forense.

El tribunal cuenta con detalle que ha quedado demostrado que el sargento, «desde una posición atrasada a los miembros del pelotón, hizo al menos siete tiros en la cima del merlón, sin saber si los hizo por encima o entre los legionarios que tenía delante, impactando a uno de ellos, el caballero legionario Alejandro Jiménez Cruz», que murió poco después.

Guil, según el tribunal, «actuó con culpa consciente», cometiendo «una acción imprudente que causó el resultado», en este caso la muerte del caballero legionario Alejandro Jiménez Cruz«, pero »en la culpa consciente no se admite como probable el posible daño«.

En ese sentido, el tribunal aclara que junto a la «plena certeza» de que el sargento Guil hizo el disparo mortal, «no se puede saber con total exactitud todos los detalles fácticos de la conducta realizada», indicando «la no total seguridad sobre la forma de ejecución del hecho probado», lo que «afecta a la determinación de la pena» impuesta, principalmente un delito contra la eficacia del servicio militar, descartando el supuesto delito de asesinato.

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