La sala mantuvo la condena de cuatro años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial a uno de los acusados, ya que los agentes de la Guardia Civil que practicaron la detención declararon que era la persona que pilotaba la embarcación y describieron su ropa
El TSJA ha absuelto a un hombre que había sido condenado a cinco años de prisión por copilotar una patera que llegó a la playa de El Corral de Carboneras con 15 personas a bordo. La sentencia se basa en que los testimonios de los ocupantes que lo incriminaban son considerados "absolutamente inveraces".
La sala mantuvo la condena de cuatro años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial a uno de los acusados, ya que los agentes de la Guardia Civil que practicaron la detención declararon que era la persona que pilotaba la embarcación y describieron su ropa.
La sentencia publicada el jueves sostiene que los testimonios de los testigos pueden estar influenciados por intereses personales, como la amistad o el miedo a los acusados, lo que puede afectar la justicia. Sin embargo, los agentes de la Guardia Civil no tienen motivos para mentir y deben buscar la verdad en sus declaraciones. Esta sentencia fue emitida en respuesta al recurso de apelación presentado por la defensa de uno de los condenados.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no encuentra motivos para dudar de las afirmaciones de la Guardia Civil y no considera que sean fruto de un error. Sin embargo, discrepa con el tribunal anterior que consideró creíbles los testimonios de los ocupantes de la embarcación en cuanto a que el ahora absuelto pilotó la embarcación desde que zarpó de las costas africanas. La sala reprocha al tribunal anterior por no dar validez a los testimonios respecto a que el piloto condujo la embarcación hasta quedar varada en la playa, ya que esto chocaba con lo declarado por los agentes de la Guardia Civil. Además, la justificación dada por la Audiencia Provincial para otorgar credibilidad a los testigos en este aspecto es insuficiente según el TSJA.
En resumen, se hace referencia a que la justificación se basó en la falta de consistencia en la explicación del acusado sobre su animadversión hacia el grupo y en su negativa a declarar ante la instructora, lo que impidió exponer los motivos que ahora argumenta su defensa.
Durante el juicio, uno de los ocupantes de la patera que fue absuelto, afirmó haber discutido con otro pasajero debido al consumo habitual de sustancias en esa época. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía consideró que estas declaraciones no eran suficientes para demostrar la culpabilidad del piloto de la embarcación, ya que se demostró que eran completamente falsas.
La sentencia que cambia parte del fallo anterior indica que si los pasajeros hubieran declarado que la embarcación fue manejada por dos personas, una durante el viaje y otra durante el atraque en la playa, el resultado podría haber sido diferente para el acusado.
Al final, se concluye que durante el juicio oral uno de los peritos afirmó que "una sola persona puede pilotar la embarcación durante un viaje de esas características". En septiembre de 2021, una infraembarcación con 15 ocupantes a bordo (once sirios y cuatro argelinos) tocó tierra en la playa de El Corral de Carboneras. La embarcación tenía cinco metros de eslora y dos de manga.
Durante el viaje en una patera, la vida e integridad de los ocupantes estuvo en peligro debido a que la embarcación no cumplía con las condiciones mínimas de seguridad requeridas para este tipo de travesías. La patera fue detectada por el SIVE y los ocupantes fueron detenidos al llegar a tierra por un operativo de la Guardia Civil.