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Al TSJA le parece mucho una multa de 6.000 euros por daños que superan los 23.000 euros

Al TSJA le parece mucho una multa de 6.000 euros por daños que superan los 23.000 euros

jueves 06 de abril de 2023, 10:15h

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La Junta sancionó con 20.000 euros a una empresa por extraer agua subterránea para riego sin autorización, el Altro Tribunal lo deja en 6.000

La empresa de Almería que realizó extracción de aguas subterráneas sin autorización recibió una sanción que ha sido rebajada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Sin embargo, la empresa sigue siendo responsable de pagar una indemnización de más de 23.000 euros por los daños causados al dominio público-hidráulico.

El tribunal andaluz ha aceptado parcialmente el recurso presentado por una empresa contra la resolución de la Junta de Andalucía y ha reducido la sanción impuesta a 6.010,13 euros. La sentencia considera que la multa inicial de 20.000 euros era "desproporcionada". Aunque se reconoce que la empresa cometió una infracción grave de la Ley de Aguas de Andalucía, la cantidad de la sanción no necesariamente debe estar en línea con los daños causados. Cabe destacar que en casos más graves, las multas pueden llegar hasta los 300.000 euros.

Durante la campaña de 2016, en una finca dedicada al cultivo de olivar en la comarca de Los Filabres-Tabernas, se llevó a cabo la extracción de aguas subterráneas sin autorización mediante un sondeo cuyo sellado se había ordenado previamente. Según la resolución del expediente sancionador incoado por la Junta andaluza, esta acción causó daños al servicio público hidráulico por valor de 23.400 euros y atribuyó una dotación al olivar de 2.000 metros cúbicos de agua por hectárea y año.

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