El Ayuntamiento solicita al TSJA que amplíe plazo para desclasificar el hotel tras encargar nuevo informe
El Ayuntamiento de Carboneras ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que extienda el plazo para que pueda dar cumplimiento a la sentencia que les obliga de forma definitiva desde 2018 a declarar no urbanizable el sector del Algarrobico.
En una solicitud enviada a la sala, el Ayuntamiento pide que se tenga en cuenta para ampliar el plazo que, en el marco del expediente abierto para la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), el pasado 5 de enero se requirió formalmente al técnico municipal para que elabore un informe sobre el proceso urbanístico a seguir.
El Ayuntamiento de Carboneras ha remitido, además, la decisión firmada por el alcalde José Luis Amérigo, que refleja su petición de informe y justifica la adopción de esta decisión en la reunión previamente mantenida con los representantes de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía en Almería.
El Ayuntamiento también ha indicado que, una vez recibido el informe de la Secretaría Municipal, procederá a convocar al pleno para la aprobación formal de la modificación del planeamiento para declarar los sectores ST-1 y ST-2 como no urbanizables.
El TSJA volvió a apercibir el pasado 17 de enero al alcalde de Carboneras, José Luis Amérigo, con una multa, aunque esta vez le advirtió que cualquier incumplimiento de lo ordenado respecto al Algarrobico tendría como consecuencia inmediata el traslado al Ministerio Fiscal con el fin de exigir responsabilidades penales. Asimismo, el TSJA requirió al Ayuntamiento carbonero que remitiera los informes quincenales acerca de las acciones que estaban llevándose a cabo para ejecutar la sentencia que obliga a desclasificar como urbanizables los sectores ST-1 o Algarrobico y ST-2 o El Canillar. Además, el tribunal exigió al alcalde que detallara las medidas queplaneaba llevar a cabo en los próximos 15 días. El primer apercibimiento de multa coercitiva semanal de 250 euros fue realizado por el tribunal en julio de 2022, y avisó que cualquier incumplimiento de lo ordenado conllevaría la imposición de una multa al señor Amérigo, así como la deducción de los particulares para su traslado al Ministerio Fiscal si se había incurrido en un presunto delito de desobediencia.
El planeamiento municipal vigente indica que el suelo donde se ubica el hotel de Azata del Sol es urbanizable, a pesar de que una sentencia concluyó que es una zona no urbanizable de especial protección ubicada dentro del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar. El Tribunal Supremo (TS) decidió recientemente que la licencia municipal de obras concedida al hotel hace 20 años es "plenamente legal", ya que se ajusta al planeamiento urbanístico de Carboneras y su anulación requiere la revisión de oficio por parte del Ayuntamiento carbonero. En el último informe quincenal de diciembre, el TSJA recibió la notificación de que el Ayuntamiento debía modificar parcialmente el expediente que llevó al pleno en 2021, ya que no cumplía completamente con lo exigido por la sentencia judicial, es decir, la clasificación del suelo de El Algarrobico como no urbanizable de especial protección en el planeamiento municipal.
El ayuntamiento alegó que el documento técnico presente en el expediente, que también se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en septiembre de 2021, no era adecuado y sugirió que se realizara una modificación previa antes de su aprobación en el pleno de la corporación local carbonera. El expediente fue incluido en una sesión extraordinaria en enero de 2021, pero solo como una información. De esta forma, también se publicó en el BOP en septiembre de 2021, lo que fue criticado por varias organizaciones ecologistas ante el tribunal. El ayuntamiento argumentó, además, que la decisión se tomó tras una reunión técnica con la Junta de Andalucía, convocada a instancias del ayuntamiento, en la que se presentó un análisis conjunto del documento existente en el expediente, que requería una modificación por no cumplir con el objetivo y se dieron las directrices para que el nuevo PGOU pudiera ser inscrito en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de la Junta de Andalucía. En su presentación al TSJA, el ayuntamiento concluyó que las acciones preparatorias para el pleno en el que se debe desclasificar urbanísticamente El Algarrobico deben necesariamente incluir el referido informe técnico.