El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la condena a Mohamed K. por agresión sexual con penetración y lesiones a NB. L. H. durante las fiestas patronales de San José, Níjar, en agosto de 2022. Mohamed K. fue condenado inicialmente por la Audiencia Provincial de Almería a siete años de prisión, además de otras penas accesorias, por un ataque brutal que dejó a la víctima con múltiples contusiones y traumatismos.
El incidente tuvo lugar en la madrugada del 8 de agosto de 2022. Según la sentencia, Mohamed K., un ciudadano marroquí sin antecedentes penales, acompañó a la víctima, quien buscaba a su hija y amiga en las cercanías del recinto ferial. Durante su trayecto, Mohamed K. agredió sexualmente a NB. L. H., a pesar de la resistencia de esta, que incluyó forcejeos y gritos pidiendo auxilio. La brutalidad del ataque quedó patente con las lesiones constatadas por el forense: contusiones y hematomas en varias partes del cuerpo, además de un eritema en la zona vaginal, indicativo de la agresión sexual.
Apelación Desestimada
Mohamed K. apeló la sentencia alegando que la relación sexual fue consentida y cuestionando la veracidad del testimonio de la víctima. Sin embargo, el tribunal de apelación consideró convincente y veraz el relato de NB. L. H., respaldado por pruebas físicas y testigos presenciales. Se destacó la estabilidad y coherencia del testimonio de la víctima a lo largo del proceso, así como la ausencia de motivos espurios para una falsa acusación.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó la sentencia inicial, subrayando que las pruebas presentadas eran suficientes para mantener la condena. Además de los siete años de prisión, se ratificaron las penas accesorias, incluyendo la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima por un periodo adicional de ocho años tras cumplir la condena. Mohamed K. también deberá pagar una indemnización de 15.630 euros a la víctima por daños morales y lesiones.
La ratificación de esta sentencia subraya la gravedad con la que la justicia andaluza trata los delitos de agresión sexual. Este caso, además, destaca la importancia de la estabilidad y coherencia del testimonio de la víctima como prueba suficiente para la condena, reforzado por pruebas objetivas y corroboradoras.