En una reciente resolución, el Defensor del Pueblo Andaluz ha instado a la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanzas Concertadas a establecer un porcentaje mínimo de plazas reservadas para el alumnado con discapacidad en los procedimientos de acceso y admisión a los ciclos formativos de Formación Profesional (FP) de grado medio y superior en las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño. Esta recomendación surge tras una queja presentada por el padre de un alumno con un grado de discapacidad del 33% que se encontró con la imposibilidad de acceder a estos ciclos debido a la falta de un cupo específico.
La controversia comenzó cuando el padre del estudiante, quien había finalizado su Bachillerato, intentó matricularse en un ciclo formativo superior en la Escuela de Arte Carlos Pérez Siquier, ubicada en Almería. A pesar de cumplir con los requisitos académicos, se le informó que no existía ninguna reserva para estudiantes discapacitados en este tipo de enseñanzas, a diferencia de lo que sucede con otros ciclos formativos. Según la respuesta recibida por parte del centro educativo tras consultar a la Dirección General correspondiente, "no hay norma autonómica que desarrolle la aplicación en la admisión de un cupo o porcentaje para este alumnado".
La situación plantea una clara discrepancia respecto al tratamiento normativo entre diferentes modalidades educativas. Mientras que otros ciclos formativos cuentan con un porcentaje reservado para personas con discapacidad —al menos el cinco por ciento según la legislación vigente—, las enseñanzas artísticas parecen quedar excluidas.
La respuesta institucional
Ante esta situación, el Defensor del Pueblo Andaluz decidió intervenir. En virtud de la Ley reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz (Ley 9/1983), se solicitó información sobre las razones que justificaban esta disparidad normativa. La respuesta oficial indicó que aunque no existe actualmente un cupo establecido para estas enseñanzas artísticas, sí existe una intención por parte del organismo competente para promover modificaciones normativas que permitan su implementación en futuras convocatorias.
No obstante, no se ofreció un calendario concreto para la aplicación efectiva de estas modificaciones. El informe enviado por la Dirección General argumentaba que la complejidad del proceso de acceso requería una revisión exhaustiva y detallada.
Consideraciones legales
El Defensor del Pueblo subrayó varios aspectos legales fundamentales
- Según el artículo 75.4 de la Ley Orgánica 2/2006, todas las administraciones educativas deben establecer reservas específicas para alumnado con discapacidad en los ciclos formativos.
- Además, el Real Decreto 1174/2011 establece claramente que debe haber al menos un cinco por ciento reservado para este grupo.
- En cuanto a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, aunque se reconoce la capacidad normativa para establecer reservas, no se ha fijado ningún porcentaje mínimo hasta ahora.
Esto contrasta directamente con otras áreas educativas donde sí se garantiza esta protección.
Recomendaciones
Con base en lo anterior, el Defensor del Pueblo Andaluz ha emitido una clara recomendación: se debe implementar un porcentaje mínimo del cinco por ciento reservado para alumnado con discapacidad en todos los procedimientos futuros relacionados con los ciclos formativos superiores y medios en Artes Plásticas y Diseño.
La resolución pone énfasis en que garantizar el acceso equitativo a estas enseñanzas es fundamental no solo desde una perspectiva educativa sino también desde una óptica social y legal. La igualdad de oportunidades es un derecho fundamental protegido por diversas leyes nacionales e internacionales.