La Guardia Civil además de las especies capturadas pone a disposición de la autoridad competente el material utilizado por el Denunciado, (fusil de pesca, traje de neopreno, gafas, aletas, escarpines y lastre).
Agentes de la Guardia Civil realizando servicios propios de vigilancia de la costa observan, como una persona practica pesca marítima de recreo submarina a pulmón libre, auxiliándose de un fusil de pesca y demás equipo de buceo dentro de aguas interiores de la franja marina del Parque Natural de Cabo de Gata.
Los Agentes de la Guardia Civil realizan un apostadero en la playa del Embarcadero, ubicada dentro del Parque Natural de Cabo de Gata, viendo como un submarinista realiza continuas inmersiones incumpliendo las normas de seguridad al no señalizar su presencia mediante la boya de color naranja, según se establece en la Orden del Ministerio de Fomento de 14 de octubre de 1997.
Los Agentes proceden a identificar al submarinista una vez este sale del agua, siendo este P.E.E. de 39 años de edad, comprobando que el citado carece de la preceptiva licencia de Pesca C-4, observando que el identificado había capturado, 2 MEROS (Epinephelus guaza), 2 CORVINAS o CORVALLOS (Sciaena umbra), 1 SARGO BREADO (Diplodus cervinus), 4 SARGOS REALES (Sargus trifasciautus) y 1 PINTO o BODIÓN (Labrus merula) arrojando un peso total de 5.300 Kg.
Por todo lo expuesto anteriormente, los Agentes de la Guardia Civil notifican al Submarinista que será denunciado por seis infracciones a la Autoridad Competente y según la Normativa vigente en el ejercicio de actividades subacuáticas, consistentes en: 1º.- El ejercicio de la PESCA SUBMARINA EN ZONAS PROHIBIDAS. Señalar que dentro de la franja del Parque Natural de Cabo de Gata-.Nijar se encuentra expresamente prohibida esta modalidad de pesca.2º.- El ejercicio de la PESCA SUBMARINA SIN estar en posesión de la correspondiente LICENCIA de pesca clase C-4.3º.- La captura o tenencia de especies prohibidas (2 Meros y 2 Corvinas/Corvallos). Nuevamente señalar que dentro de la franja del Parque Natural de Cabo de Gata-.Nijar está prohibida la captura del Mero y la Corvina/corvallo.4º.- La captura o tenencia de productos pesqueros de talla inferior a la reglamentaria (2 Meros inmaduros).5º.- Sobrepasar la cantidad de capturas permitidas para la pesca recreativa por día y pescador.6º.- El Ejercicio de la PESCA SUBMARINA INCUMPLIENDO LAS NORMAS DE SEGURIDAD para el ejercicio de las actividades subacuáticas (No señalizar la presencia en el agua mediante boya).
Desde la Guardia Civil de Almería se recuerda que, el Parque Natural de el Cabo de Gata-Nijar es un espacio altamente protegido, en que continuamente se realizan servicios de prevención e inspección, con el fin de preservar la fauna y flora del lugar.
La Guardia Civil hace entrega de las especies capturadas a un centro benéfico.