El Pleno de la Corporación municipal ha aprobado hoy, de forma provisional, la modificación de la Ordenanza fiscal número 06, reguladora del Impuesto sobre Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) El nuevo texto de la Ordenanza consta de 17 artículos, 1 disposición adicional, 1 disposición derogatoria, 1 disposición final y 5 Anexo de modelos oficiales. Frente al anterior texto que estaba conformado por 7 Capítulos, 23 artículos, y una disposición adicional.
“En síntesis, lo que se pretende con esta nueva Ordenanza, es, además de dar cumplimiento al mandato establecido en el RDL 26/2021 de 8 de Noviembre, es actualizarla, dando una nueva redacción de los artículos, ordenando y sintetizando el texto en algunos casos y desarrollando conceptos con el objetivo final de una mejora en la seguridad jurídica del ciudadano y en la gestión tributaria del Impuesto”, resumía a la hora de explicar el contenido de la modificación el concejal de Economía y Función Pública, Juan José Alonso.
Previamente, se ha garantizado el principio de transparencia mediante la consulta pública que se ha realizado en el portal web Municipal durante 15 días, a efectos de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Novedades
Según ha referido el concejal de Economía y Función Pública, Juan José Alonso, la principal novedad y motivo fundamental en el que se sustenta la modificación de la Ordenanza es la “determinación de la base imponible”, para cuyo cálculo se establecen dos métodos, que serán objeto de elección por parte del interesado:
A) Régimen de estimación directa: Diferencia entre precio de adquisición y transmisión en función del valor proporcional del suelo respecto al valor catastral.
B) Régimen general de estimación objetiva, que se aplicará por defecto (aplicación de La nueva tabla de coeficientes que establece el RDL 26/2021).
Otra de las principales novedades de esta Ordenanza reside en la modificación del régimen de declaración-liquidación, mejorando el control y la eficiencia en la gestión tributaria.De ahora en adelante el sujeto pasivo deberá presentar uno de los cinco tipos de modelos normalizados que se pondrán a su disposición en función de la casuística concreta, junto con la documentación a aportar en cada caso.
Se modifica también el artículo 12 respecto de las bonificaciones en la cuota, donde se incluye un nuevo criterio para la determinación de la vivienda habitual, entendiéndose como tal, aquella en la que hubiese estado empadronado el causante al menos dos años de forma ininterrumpida dentro de los 10 años anteriores al fallecimiento (se incluye la posibilidad de que el causante hubiese estado empadronado en una residencia geriátrica).
Se contempla también como parte de esta modificación la exención establecida para las transmisiones realizadas por personas físicas con ocasión de la ‘dación en pago de la vivienda habitual del deudor para la cancelación de garantías hipotecarias sobre la misma’, “algo que se venía realizando desde la anterior burbuja inmobiliaria y que no ha sido hasta ahora cuando se incluye en la ordenanza”, ha explicado Alonso.
Se recoge además en el articulado (art 3.2) “declarándose no sujetas las transmisiones de terrenos respecto a los cuales se constate la inexistencia de incremento de valor entre la fecha de transmisión y adquisición”, un supuesto tampoco recogido hasta ahora y que, igualmente, se venía aplicando desde una sentencia de 2017 del Tribunal Constitucional.
En cuanto a la solicitud de prorroga, como novedad a destacar, se establece la concesión tácita por el tiempo solicitado, otorgando así mayor seguridad jurídica al interesado.
Conscientes de que la declaración se complica tras los requisitos que exige el nuevo Real Decreto y con el fin de facilitar los trámites al ciudadano, Alonso ha anunciado la intención de “extender la colaboración que el Ayuntamiento tiene con el Colegio Oficial Notarial a la formalización de la plusvalía. Con ello, evitaremos a los ciudadanos una tarea engorrosa, que les puede resultar complicada y a la vez ganaremos en eficiencia en la gestión del Impuesto”, ha explicado el edil.
“Los ayuntamientos, este tampoco, no podemos renunciar a los ingresos generados por el pago de las plusvalías. En ello estamos y los esfuerzos deben de volcarse, en este sentido, en luchar por una financiación local más justa”, ha explicado el concejal de Economía, recordando que la estimación de recaudación para este año, de unos seis millones de euros en este concepto, se ve reducida para este ejercicio un treinta por ciento.
La modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ha salido adelante con el único voto en contra del concejal de Vox.