El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha determinado que el Ayuntamiento de Carboneras, en la provincia de Almería, ha demostrado que está cumpliendo con la sentencia que ordena clasificar como no urbanizable el paraje de El Algarrobico en su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Sin embargo, el tribunal ha solicitado al consistorio una serie de aclaraciones en relación a la documentación presentada.
La situación se remonta a finales de julio, cuando el TSJA requirió al Ayuntamiento una nueva certificación sobre el cumplimiento de la sentencia. Este requerimiento incluía advertencias sobre posibles consecuencias penales para el alcalde Salvador Hernández, del partido Ciudadanos. En respuesta, el gobierno local envió varios documentos al alto tribunal andaluz.
Aunque el TSJA considera que se ha atendido el requerimiento inicial, ha señalado que es necesario realizar aclaraciones en un plazo de cinco días. Esto se debe a que algunos apartados de los documentos presentados mencionan erróneamente a El Algarrobico y a otro paraje conocido como El Canillar como "suelo urbanizable vigente", cuando ambos deberían ser clasificados como no urbanizables conforme a la sentencia.
Además, el tribunal ha decidido trasladar esta documentación y la certificación del Ayuntamiento a las partes interesadas en el caso, incluyendo organizaciones como Greenpeace. Estas partes tendrán un plazo de 15 días para presentar alegaciones y expresar su opinión sobre si se puede considerar cumplida la sentencia.
En junio pasado, el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Almería publicó un auto del TSJA que declaraba nulo un acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Carboneras. Este acuerdo había declarado no urbanizable El Algarrobico, pero según la Junta de Andalucía, no cumplía con lo estipulado en la sentencia. La Junta solicitó la anulación total del acuerdo adoptado el 26 de abril y exigió que se reflejara correctamente en los documentos municipales que tanto El Algarrobico como El Canillar son terrenos no urbanizables desde 1994.
El auto del TSJA respaldó esta solicitud afirmando que existía una "extralimitación en el cumplimiento del fallo" por parte del Ayuntamiento. Según el tribunal, este no debería haber requerido aprobar definitivamente modificaciones en su PGOU más allá de simplemente incluir lo ordenado por la sentencia.
Este caso sigue siendo objeto de atención tanto por parte del gobierno andaluz como por organizaciones ecologistas, evidenciando la complejidad y relevancia ambiental que rodea al paraje natural donde se ubica El Algarrobico.