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En libertad tras ser condenado por abusar sexualmente de su sobrino

jueves 17 de marzo de 2022, 08:42h

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La madre del menor presentó la denuncia cuando descubrió que tras el primer abuso, lo vigilaba cuando iba al instituto

En sentencia emitida el pasado 9 de marzo por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, (TSJA) este desestima el recurso presentado por la defensa del acusado, refrendando la condena que la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Almería dictó por un presunto delito contra la libertad sexual por parte de un ciudadano de El Ejido.

Los hechos denunciados fueron puestos en conocimiento de la Audiencia Provincial de Almería, que el 11 de junio de 2021 condenó a 3 años y medio de prisión al denunciado, además de imponerle una orden de alejamiento a un mínimo de 200 metros del menor, no pudiendo comunicarse por ningun medio con el mismo durante al menos 7 años, y estando en libertad vigilada durante cinco.

El acusado, que responde a las iniciales de S.G.L., a pesar de haber sido condenado en firme, ha sido puesto en libertad por ausencia de antecendentes penales y tendrá que hacer frente a una indemnización de 4,000 euros más intereses por daños morales al menor.

Los hechos se remontan a finales de 2018, cuando una madrugada el acusado, que en aquel momento residía en la casa de unos familiares, trata de abusar de un menor (su sobrino). Según el relato judicial, el acusado “se introdujo en la cama del menor mientras que dormía y le introdujo la mano por dentro del pantalón, acariciándole sus genitales, momento en el que el menor, tras percatarse de lo que estaba ocurriendo, quitó rápidamente la mano del acusado y le dio un leve empujón haciéndole caer al suelo”. En ese instante, la madre del menor, que se dirigía al baño y “tras escuchar un golpe en la habitación, fue directamente hacia allí y pudo ver como S.G.L. se intentaba esconder bajo la cama de su hijo, motivo por el cual interrogó a su hijo, quien le contó lo sucedido“.

La denuncia, sin embargo, llega un tiempo después, cuando el acusado fue sorprendido “merodeando” por el instituto en el que el menor cursaba sus estudios, tras intentar sin éxito resolverse el problema dentro del núcleo familiar y colocar una cerradura en su puerta.

Su defensa había planteado un recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería basándose en la vulneración de la presunción de inocencia del acusado y en la “falta de credibilidad de la víctima” e “inexactitud” de su testimonio, hechos que el TSJA ha desestimado al considerar “creíble” la versión de la acusación particular, a pesar de que había diferencias entre las declaraciones en cuanto a la fecha exacta en que se produjeron los hechos.

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