La Audiencia Provincial de Almería ha dictado penas de entre 42 y 21 años de prisión para los cuatro miembros del clan de 'Los Minos', un hombre y sus tres hijos, por el asesinato de un vecino de la calle Ossetia del Norte, en Gádor (Almería). Esta sentencia, emitida por la Sección Tercera de Almería tras el veredicto de un tribunal de jurado, condenó al hombre y a sus hijos a 18 años de prisión por el delito de asesinato consumado. Además, los tres hermanos recibieron cuatro años más por un delito de depósito de armas con agravante de reincidencia, mientras que al padre se le impuso tres años más por el mismo delito. Los acusados fueron acusados de dirigirse armados hacia la víctima con la intención de acabar con su vida, asumiendo y aceptando que esto se produjese.
El magistrado presidente Ignacio Angulo ha impuesto a I.F.S., uno de los tres hermanos, una pena adicional de 20 años de prisión por los dos delitos de asesinato en tentativa cometidos durante la huida y en el curso de la misma. Estos delitos se refieren a los dos hermanos de la víctima mortal a quienes se disparó mientras el acusado escapaba en un vehículo hacia Almería. El jurado llegó a la conclusión de que los cuatro acusados se concertaron para darle muerte al finado, repartiendo entre ellos las armas. Esta sentencia se basó en las declaraciones de los testigos.
El "concierto" entre los acusados surgió del uso de cinco armas, algunas de las cuales fueron reconocidas por los acusados como parte de su actividad relacionada con el tráfico y el cultivo de marihuana, lo que se considera una segunda causa judicial. El ataque se calificó como "alevoso" debido a que la víctima no tenía posibilidad de defenderse ya que, a pesar de que las defensas afirmaron que ella tenía un arma, todos los testigos negaron que la víctima portara una pistola.
La sentencia también rechazó la aplicación de una atenuante de legítima defensa para I.F.S., ya sea para su propia defensa o la de su padre, ya que se determinó que la víctima no tenía un arma con la que pudiera defenderse o atacar.
El ataque fue caracterizado como alevoso debido al número de personas implicadas en el mismo, el uso de varias armas y el número de disparos que realizaron. Según el relato de los hechos, la víctima estaba parada en la calle cerca de su domicilio junto a su hijo, quien padecía una minusvalía. Los acusados, entre los que se encontraba I.F.S., portaban al menos una escopeta de calibre 12, un arma de calibre 22, una de calibre 9 mm larga, una de calibre 9 mm corta y una de calibre 9 mm. Estas últimas dos no llegaron a dispararse, ya que una de ellas se encasquilló. El hermano de la víctima, que residía en la zona, al escuchar los disparos salió de su casa y al ver a su hermano herido se acercó para ayudarlo. Entonces, I.F.S. le disparó con intención de acabar con su vida, ya que el disparo fue directo al glúteo.
Tras los anteriores hechos, los acusados se montaron en diferentes vehículos y huyeron del lugar en dirección a Almería capital. Cuando I.F.S. se encontraba en el kilómetro 449 de la N-340 en sentido Almería, vio que en dirección contraria venía otro hermano de la víctima, acompañado de su esposa, que ocupaba el asiento del copiloto. Al cruzarse los dos vehículos, I.F.S. disparó desde la ventanilla del suyo hacia el coche del hermano de la víctima, apuntando a la cabeza de este último con intención de acabar con su vida. Sin embargo, el disparo no alcanzó su objetivo, ya que impactó contra el marco que une la ventanilla del copiloto con la luna delantera.
Los cuatro acusados tenían entre ellos dos carabinas, dos pistolas y dos escopetas, pero carecían de la autorización para poseer y usar dichas armas. A pesar de que I.F.S. se quedó en Almería mientras que el resto de sus familiares huyeron a Figueras (Girona) y fueron arrestados con algunas de las armas, el jurado decidió no aplicar ninguna atenuante en función de la supuesta colaboración "veraz, efectiva y definitiva" que podría haber aportado para el esclarecimiento de los hechos.