Greenpeace ha presentado un recurso de amparo al Tribunal Constitucional para anular la sentencia que declara "plenamente legal" la licencia de obras otorgada al hotel en el Algarrobico, en Carboneras. La organización considera que esta decisión vulnera los derechos fundamentales y rechaza ordenar al ayuntamiento su demolición. Además, la sentencia del Tribunal Supremo supedita el derribo a la revisión de oficio de la licencia municipal de obras, lo que según Greenpeace da "carta blanca" al Ayuntamiento de Carboneras para hacer lo que quiera y evitar la demolición.
Greenpeace ha presentado un recurso de amparo al Tribunal Constitucional (TC) con el objetivo de anular la sentencia que declara "plenamente legal" la licencia de obras otorgada al hotel en el Algarrobico, en Carboneras. La organización considera que esta decisión vulnera los derechos fundamentales y rechaza ordenar al ayuntamiento su demolición. Además, la sentencia del Tribunal Supremo (TS) supedita el derribo a la revisión de oficio de la licencia municipal de obras, lo que según Greenpeace da "carta blanca" al Ayuntamiento de Carboneras para hacer lo que quiera y evitar la demolición.
La portavoz de Greenpeace en España, María José Caballero, ha emitido un comunicado en el que afirma que es importante anular la sentencia del Supremo y restaurar el derecho a la tutela judicial efectiva. Según ella, los efectos de las sentencias no deberían depender de decisiones administrativas.
La organización ha destacado la falta de acción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ante el incumplimiento sistemático de resoluciones judiciales por parte del Ayuntamiento de Carboneras, al que se le ha dado una "carta blanca". Han presentado un recurso de amparo para solicitar al Supremo que retrotraiga las actuaciones judiciales y se dicte una nueva resolución que respete los derechos fundamentales vulnerados.
Según se indica, es necesario realizar la modificación del PGOU para desclasificar los terrenos y revisar la licencia municipal de obras concedida a Azata para poder proceder a la demolición del mamotreto ilegal. Aunque se ha aprobado en pleno dicha modificación, algunos denuncian que podría ser "nula de pleno derecho".
Greenpeace ha presentado una queja ante el Tribunal Constitucional, alegando que el primer trámite del proceso ha sido utilizado para prolongar el proceso y evitar que el alcalde de Carboneras, José Luis Amérigo, sea multado. Amérigo ha sido advertido con sanciones de 700 euros cada 20 días por no cumplir con una sentencia firme de 2018, y aún no la ha ejecutado. Greenpeace había solicitado hace dos años la ejecución forzosa para convertir El Algarrobico en suelo no urbanizable de especial protección, pero critica que el Ayuntamiento haya dado "numerosos pretextos" que han sido inexplicablemente aceptados por el TSJA.
El alcalde de Carboneras ha sido advertido en cinco ocasiones por el tribunal, pero no ha habido cambios. El ayuntamiento ha contratado los servicios del magistrado en excedencia del TSJA, Jorge Muñoz Cortés, quien previamente dictaminó a favor de la legalidad del hotel. Sin embargo, Greenpeace denunció estos pronunciamientos y fueron anulados por el Tribunal Superior.
Según Greenpeace, aunque sea legal, la práctica de que un magistrado defienda asuntos en la misma sala y sección del TSJA de donde proviene supone un claro perjuicio para la organización. En el recurso de amparo presentado también se hace referencia a la falta de cumplimiento por parte del Ayuntamiento de la sentencia que obligaba a revisar la licencia de obras del hotel, a pesar de haberse convertido en firme en 2021.
Greenpeace ha señalado al Tribunal Constitucional que la sentencia del Tribunal Supremo que afirma que "los terrenos siguen siendo urbanizables a fecha de hoy" a pesar de que el Ayuntamiento no haya cumplido con las normativas sectoriales y las sentencias que le obligan a modificar el PGOU y clasificar El Algarrobico como no urbanizable, implica transferir competencias judiciales al consistorio, lo que perjudica a la organización. La sentencia cambia la doctrina del propio tribunal, permitiendo al Ayuntamiento tener "competencias propias de la justicia" y validar acuerdos que van en contra de la normativa sectorial, la Ley de Costas y múltiples sentencias, lo que viola los artículos 24.1 (1) y 117.3 (2) de la Constitución Española.
La organización ecologista aclaró que no pidió la anulación de la licencia de obras al Supremo, sino su revisión de oficio. A pesar de esto, el alto tribunal consideró que se solicitaba la nulidad y no entró a valorar la petición principal de la organización, que era la demolición del hotel ilegal sin necesidad de anular formalmente la licencia. La organización concluyó que la licencia es nula de pleno derecho.