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Habrá ayudas para rehabilitar edificios con daños estructurales en cubiertas

Habrá ayudas para rehabilitar edificios con daños estructurales en cubiertas

jueves 23 de junio de 2022, 19:44h

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Viene a dar cobertura al anuncio de destinar 800.000 euros a una nueva línea de subvención dirigida a construcciones anteriores a 1972 y, al menos, con cuatro viviendas

El Pleno de la Corporación ha aprobado, por unanimidad, la nueva Ordenanza de las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la rehabilitación estructural de cubiertas de inmuebles en el municipio de Almería, con la que el Consistorio pretende dar cobertura a las nuevas bases y convocatoria de ayudas dirigida, específicamente, a la rehabilitación estructural de cubiertas de inmuebles, un programa que contará con una dotación presupuestaria de 800.000 euros, como ya se anunció a finales del pasado mes de mayo.

La propuesta se ha incluido como asunto de urgencia en el Pleno Ordinario celebrado hoy, justificada la misma en la intención municipal, anunciada en su día, de dar cobertura con el otorgamiento de subvenciones a los problemas constructivos o estructurales, consecuencia de la antigüedad de algunos edificios o por falta de mantenimiento, y evitar así situaciones como las ocurridas recientemente en sendos inmuebles del barrio de El Tagarte, que tuvieron que ser desalojados por el colapso de sus cubiertas”, ha explicado la concejala de Urbanismo e Infrestructuras, Ana Martínez Labella.

La edil popular ha significado la “rápida respuesta y agilidad administrativa” con la que está actuando la administración local ante un problema que, si bien se ha circunscrito en estos casos concretos al barrio de El Tagarete, las incidencias por edificios deteriorados puede suponerse que se dan en toda Almería como consecuencia de la antigüedad de los inmuebles o la deficiente técnica edificativa.

El nuevo texto, aprobado inicialmente y que ahora será sometido a exposición pública por treinta días naturales, tiene por objeto la concesión de subvenciones a personas físicas y jurídicas que puedan tener la condición de beneficiarios de acuerdo a la Ordenanza General de Subvenciones. Más en concreto, la redacción de esta ordenanza dirige la concesión de estas ayudas a aquellos inmuebles que precisan de rehabilitación estructural de sus cubiertas con una fecha de construcción anterior a 1972 y contar, al mneos, con cuatro viviendas.

También se ha considerado la necesidad de subvencionar reparaciones realizadas en los dos años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de solicitudes, en el caso de edificios que hayan sido objeto de colapsos totales o parciales, debidamente acreditados, para, en lo posible, ayudar a afrontar los grandes gastos que conllevan estas reparaciones.

Requisitos

Los interesados en optar a estas subvenciones habrán de acreditar, entre otros requisitos, que se trate de edificios residenciales con cuatro o más viviendas, en los que, al menos el 50% de las unidades residenciales, constituyan la residencia habitual de sus ocupantes y ostentar derecho de propiedad, usufructo o arrendamiento de los bienes objeto de actuación siempre que en este último caso cuenta con consentimiento expreso del propietario del bien.

El solicitante habrá de presentar título de propiedad o del derecho que ostenta o en su caso contrato de arrendamiento suscrito y declaración de consentimiento del propietario. Para acreditar la residencia habitual es necesario estar empadronado, con una antelación mínima de 180 días, a la finalización del plazo de formulación de solicitudes.

En el caso de que el promotor sea la Comunidad de Propietarios tan solo podrá circunscribirse la actuación a los elementos comunes objeto de la Ordenanza del bien inmueble sujeto a régimen de propiedad horizontal.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas que sean propietarias o arrendatarias de viviendas o locales u oficinas cuando vengan obligados a participar en los costes de conservación y rehabilitación.

Los solicitantes que pretendan acogerse a este programa de ayudas habrán de acreditar, en el momento de formular solicitud de subvención, que el inmueble para el que solicitan ayuda cuenta con el Informe de Evaluación del Edificio, donde conste como desfavorable al menos el estado de las cubiertas del edificio, adjuntando a dicho documento Certificación de la Eficiencia Energética del Edificio.

Aprobado el texto y de no presentarse alegaciones durante el periodo de exposición pública, la ordenanza quedará aprobada definitivamente y el Ayuntamiento podrá sacar “a la mayor brevedad y con la mayor diligencia posible la convocatoria de ayudas conforme a la aprobación que se haga de las bases de la misma”, ha explicado Martínez Labella, quien ha solicitado a los grupos políticos “que dejen trabajar a los técnicos municipales en ese objetivo y no insistir con mensajes equívocos ante los vecinos que se han visto afectados por esta situación”.

Respecto de las bases de la convocatoria, avanzadas en su día a modo de borrador, el importe subvencionable del presupuesto de actuaciones para estos inmuebles será de un 80%. Se incluye además en el borrador de las bases que seguirá a la aprobación de esta nueva Ordenanza la posibilidad de que los beneficiarios de estas ayudas puedan solicitar un anticipo del 10% de la subvención a partir de la fecha de su concesión.

Según ese borrador podrán acogerse a estas ayudas aquellos edificios cuya cubierta presente daños evidentes de carácter grave, de tal forma que esté comprometida su seguridad estructural o la estanqueidad o bien hayan sufrido colapsos totales o parciales documentados en los últimos dos años; edificios cuya cubierta presente daños menores o cuya solución estructural suponga un riesgo potencial por colapso o falta de estanqueidad ante eventos extraordinarios; edificios que presenten problemas de evacuación de aguas, deficiente impermeabilización en cubierta o humedad por condensación en la última planta o edificios cuyo peto o antepecho de cubierta presente signos de inestabilidad que aconsejen su reparación.

Otros asuntos

Al Pleno se han elevado hoy también sendas propuestas, dictaminadas en la Comisión Plenario de Urbanismo e Infraestructuras previamente, de acuerdo para la regularización registral de las fincas entregadas y puestas a disposición del Estado por el Ayuntamiento de Almería para la construcción y ampliación del Aeropuerto de Almería y la resolución del expediente de investigación patrimonial del bien inmueble del Colegio Virgen del Socorro, en Pescadería.

Respecto del primero de estos puntos, la responsable del Área de Urbanismo e Infraestructuras, Ana Martínez Labella, ha justificado su aprobación en Pleno en la solicitud por parte de el Estado, a través de AENA, de regularización patrimonial de los terrenos donde se ubica el aeropuerto de Almería, mediante la adopción del acuerdo de cesión de aquellos que fueron puestos a disposición del extinto Ministerio del Aire. en su día por el Ayuntamiento de Almería, para la construcción y ampliación del aeropuerto, y proceder de este modo a su regularización registral. Este punto se ha aprobado por unanimidad.

También por unanimidad se ha aprobado la resolución y finalización, con resultado favorable para el Ayuntamiento de Almería, del expediente de investigación de la titularidad del inmueble donde se ubicaba el antiguo colegio Virgen del Socorro, en Pescadería-La Chanca, así como su desafectación e inscripción como bien patrimonial en el Inventario Municipal, y su inscripción en el Registro de la Propiedad, como bien de titularidad municipal.

Martínez Labella justificaba la resolución de este trámite en su necesidad para abordar, a nivel municipal, el proyecto de rehabilitación del antiguo colegio, ubicado entre la Avenida del Mar y la calle Socorro y diseñado por el arquitecto Guillermo Langle en el año 1963, siendo ésta una de las actuaciones que se encuentran contempladas en la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado DUSI ‘Almería Ciudad Abierta’, cofinanciada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020.

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