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Irregularidades en contratos de la Plataforma Solar de Almería
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Irregularidades en contratos de la Plataforma Solar de Almería

Un Informe del Tribunal de Cuentas Destapa Irregularidades en los Contratos de Seguridad y Limpieza de 2018 y 2019

Por Rafael M. Martos
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martes 02 de julio de 2024, 06:30h

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Un reciente informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas ha revelado serias irregularidades en la contratación de servicios de seguridad privada y limpieza por parte de varios ministerios y sus organismos dependientes durante los años 2018 y 2019. Noticias de Almería ha tenido acceso a los detalles del informe, destacando la falta de proporcionalidad en la evaluación de ofertas económicas y la mala definición de mejoras como criterio de adjudicación.

En el contrato número 128 del Anexo I, referente a los servicios de limpieza de las instalaciones de la Plataforma Solar de Almería, se utilizó una fórmula de puntuación que no respeta la proporcionalidad adecuada entre los puntos asignados a cada oferta y las rebajas propuestas. La fórmula establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) era el resultado de multiplicar por 70 el cociente del porcentaje de baja de oferta valorada, entre el porcentaje de baja de la mejor oferta.

Según las actas enviadas por el órgano de contratación al Tribunal de Cuentas, el licitador con la mejor oferta económica, valorada en 234.000 €, recibió la puntuación máxima de 70 puntos. Por otro lado, la oferta más alta, de 265.595,12 €, obtuvo solo 24,23 puntos. Esta diferencia de 31.591,12 € supone un 11,19 % respecto al presupuesto de licitación, pero se tradujo en una diferencia en puntos de 45,77 (lo que supone un 65,39 % respecto al total de
puntos a otorgar), lo que evidencia un "efecto multiplicador desproporcionado en la asignación de puntos", de acuerdo con las actas que el órgano de contratación envió al Tribunal de Cuentas, el licitador.

El informe también subraya la incorrecta definición de mejoras en varios contratos, incumpliendo lo establecido en el artículo 145.7 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). Este artículo exige que las mejoras estén claramente especificadas con requisitos, límites, modalidades y características concretas.

Medios insuficientes

En el caso del contrato número 128 del Anexo I, cuyo objeto fue el servicio de limpieza de las instalaciones de la Plataforma Solar de Almería, el informe aportado tiene un contenido genérico, no precisando las razones por las que manifiesta que los medios de que disponen son insuficientes para cubrir las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato.

El Tribunal de Cuentas concluye que la redacción genérica y la falta de concreción en los PCAP de los mencionados contratos dificultan una evaluación justa y proporcionada de las ofertas. Esto puede afectar negativamente la calidad de los servicios adjudicados y va en contra de los principios de transparencia y competencia que deben regir la contratación pública.

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