Un matrimonio de Almería ha conseguido cancelar todas sus deudas y quedarse con su vivienda habitual tras acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, una normativa que permite a las personas físicas insolventes obtener el perdón total o parcial de sus obligaciones financieras.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Almería ha sido el encargado de dictar el auto que exonera a estos dos vecinos de pagar 76.099,70 euros que debían a distintas entidades bancarias, tras considerarlos “deudores de buena fe”. El tribunal también les permite conservar su casa, al no estar afectada por ningún crédito con garantía real.
La pareja, que tiene dos hijos menores a su cargo, se vio atrapada en una espiral de endeudamiento al solicitar varios préstamos para poder llegar a fin de mes con un solo sueldo, ya que el sustentador principal de la familia es docente en un colegio público. Sin embargo, los intereses y las comisiones les impidieron hacer frente a las cuotas y tuvieron que recurrir a nuevos créditos para cubrir los anteriores.
Ante esta situación, decidieron buscar una solución legal y acudieron a los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, una entidad sin ánimo de lucro que se dedica a asesorar y tramitar los procesos de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Los letrados les ayudaron a iniciar el procedimiento, que consta de dos fases: una extrajudicial, en la que se intenta llegar a un acuerdo con los acreedores para reestructurar o reducir la deuda; y otra judicial, en la que se solicita al juez la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, la parte de la deuda que no se ha podido pagar.
En el caso del matrimonio almeriense, no fue posible alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores, por lo que se presentó la solicitud judicial de exoneración. El juez estimó la petición y les concedió el beneficio el pasado 26 de septiembre.
Según explican los abogados de la asociación, este caso se ha beneficiado de la reforma concursal que entró en vigor el pasado 1 de septiembre y que elimina el requisito de intentar un acuerdo extrajudicial previo para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. “Esto supone una ventaja para los deudores, ya que se agilizan los trámites, se acortan los tiempos y se ahorran costes”, señalan.
Asimismo, destacan que esta normativa es una herramienta eficaz para dar una solución digna a las personas que se encuentran en situación de sobreendeudamiento y que no pueden hacer frente a sus obligaciones económicas. “Se trata de un derecho reconocido por la ley que permite empezar de cero financieramente y recuperar la tranquilidad y la salud”, afirman.
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, como ser insolvente, no haber sido exonerado en los últimos cinco años y carecer de delitos socioeconómicos. Además, se debe actuar con buena fe y colaborar con el juez y el administrador concursal.