En 2013 saltaba una investigación de la Guardia Civil de Almería por la denominada “Operación Tres Reyes” que provocó la detención de siete personas, entre ellas el entonces jefe de los abogados del Estado en la provincia, Demetrio Carmona, pero ahora, ocho años después de aquello, si ya hubo condenas menores de lo esperado, éstas han vuelto a tener una considerable reducción, según el fallo del último recurso presentado ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y al que ha tenido acceso Noticias de Almería.
El asunto, que se parecía a la película que lleva precisamente titulada como luego lo fue la Operación, tenía que ver con la compraventa de dinares iraquíes y los negocios inmobiliarios, pero también con falsos espías del CNI , acabó teniendo repercusiones políticas, ya que los dos partidos en la oposición de la Diputación Provincial de Almería, PSOE e Izquierda Unida, demandaron explicaciones al presidente de la Institución y del Partido Popular, Gabriel Amat, sobre un supuesto encuentro con algunos imputados, entre ellos el citado Carmona, en su despacho de la calle Reyes Católicos de la capital. Quien fuera secretario provincial del PSOE almeriense, José Luis Sánchez Teruel, afirmó que “estamos ante un caso muy grave, sobre todo por la ocultación de información a la ciudadanía que ha puesto en marcha el PP a través de las instituciones que gobierna”. El socialista preguntó “si alguno de los detenidos se ha paseado por los despachos de Amat, del alcalde de Almería, Luis Rogelio Rodríguez, o del subdelegado, Andrés García, como Pedro por su casa” y reclamó explicaciones “públicas” sobre si se han reunido con alguno de los implicados en esta Operación, dónde se han reunido, por qué se han reunido y para qué se han reunido.
El propio Carmona ya avanzó que este asunto iba a quedar en nada, y la primera sentencia del Juzgado de Instrucción 1 de Almería, ya redujo en gran medida las pretensiones de la acusación, ya que los principales acusados fueron absueltos, según la sentencia a la que tuvo acceso Noticias de Almería.
LAS PRIMERAS PENAS
El Juzgado de Instrucción núm. 1 de Almería instruyó Procedimiento Abreviado en 2013, por un delito de pertenencia a grupo criminal, tres delitos de extorsión en grado de tentativa, dos delitos de usurpación de funciones públicas, dos delitos de falsificación de documento oficial y una falta contra el orden público contra los siete investigados una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Almería, cuya Sección Segunda dictó Sentencia el 24 de septiembre de 2019, en la que una de las claves es que se descartó que formaran un grupo criminal.
El acusado más conocido era Demetrio Carmona, en aquel momento jefe de los abogados del Estado, y que ha sido absuelto, como también Rogelio Vargas y Luis Miguel G.G., a quienes se imputaban tres delitos de extorsión y pertenencia a grupo criminal.
Ángel M. R., y José A. M. han sido condenado por dos delitos de extorsión en grado de tentativa, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante ordinaria de dilaciones indebidas a la pena de ocho meses y quince días de prisión.
José Antonio M. A., como autor de un delito de extorsión en grado de tentativa fue condenado a ocho meses y quince días de prisión, y como autor de un delito de falsedad de documento público continuado en concurso medial con un delito de usurpación de funciones públicas a la pena dos años, cuatro meses y quince días de prisión y diez meses y quince días de multa a razón de 10 euros por día y como autor de una falta contra el orden público a la pena de treinta días de multa a razón de 10 euros por día.
Ignacio Francisco F. B., como autor de un delito de extorsión en grado de tentativa a ocho meses y quince días de prisión, como autor de un delito de falsedad de documento público en concurso medial con un delito de usurpación de funciones públicas a la pena un año y nueve meses de prisión y nueve meses de multa a razón de 10 euros por día, y como autor de una falta contra el orden público a la pena de treinta días de multa a razón de 10 euros por día y al pago de 3/32 de las costas procesales.
LAS PENAS TRAS EL RECURSO
Ahora, tras el recurso, también han decaído las penas por usurpación —hacerse pasar por agentes del CNI y policías—, la falta de orden público también se ha eliminado para el único acusado que lo tenía imputado, también se retiran las condenas por extorsión en grado de tentativa, en cambio se añaden penas por dos delitos de amenazas, y también se deducen las condenas relativas al pago de costas a dos de los acusados.
LA HISTORIA
Según los hechos probados en el juicio, los tres principales acusados, mantenían en el año 2012 una estrecha relación de índole personal en la que se incluían intereses económicos comunes.
En agosto de ese año, a través de uno de ellos, contactaron con otro, y luego con el resto de acusados, todos venían dedicándose a la realización de los más diversos negocios inmobiliarios, hoteleros e intermediaciones varias, pero “no consta que los acusados formaran un grupo criminal destinado a la comisión de hechos ilícitos”.
No obstante, la relación y las reuniones entre cuatro de los acusados eran frecuentes, sobre todo entre los tres primeros, debido a su residencia en Almería.
En una de ellas, se hizo alusión a que sabía que un ciudadano de Almería, que disponía de 128.498.700 dinares iraquíes, todo ello a pesar de no conocerlo y sin que conste como recibió esa información.
Se pusieron en contacto con éste, que acudió al encuentro en Almería con otra persona más, y hasta hicieron un viaje a Madrid varios de ellos, donde entraron en el tema los acusados de hacerse pasar por agentes del CNI. En este viaje la víctima otorgó un poder notarial a uno de los acusados para que le gestionase la venta de los dinares, los cuales estaban depositados en una empresa de seguridad, y que había adquirido en representación de la sociedad limitada Segaly en 1996, de los que sólo 60000 le pertenecía a él.
Aunque la venta de los dinares era imposible, dijeron ser representantes de una potente empresa de los Estados Unidos que sí podía realizar aquella operación y depositar el pago en Suiza. Todo esto hizo dudar a la víctima.
Ante ese traspiés, la estrategia cambió, y estando la víctima en una cafetería de Aguadulce, se presentaron dos supuestos agentes del CNI, que le advirtieron que ese dinero era ilegal, y que debía entregárselo, y además 200.000 euros para evitar su inmediata detención y traslado a Madrid.
También le avisaron que habían intervenido su teléfono para escucharle todo, y que solo podía hablar con otro de los implicados, y a partir de ahí se abre otro nuevo capítulo.
En esa llamada le confirman que efectivamente ambos eran agentes, y que todo lo dicho era verdad, ante todo esto, acudió a denunciar.
Resulta que la persona a la que llamó, y que era a la única que le autorizaban por tener intervenido el móvil, también estaba inmerso en otra historia con algunos de los procesados a raíz de un problema de tierras en Murcia.
Tanto en este caso, como en otros que se relatan en la sentencia como hechos probados, era frecuentes que los acusados intentaran resolver sus problemas mediante amenazas basadas en que eran agentes del CNI, llegando a exigir en ocasiones entre cuatro y seis millones de euros a personas a las que presionaban asegurando que tenían mucho poder, muchos contactos, mucha información privilegiada, y así se detalla en el caso de Murcia, pero también en hay otro en la comarca del mármol relacionado con un empresario, y también en Málaga, donde conocieron el expediente abierto a una mercantil pidiéndoselo a un inspector de Trabajo al que mostraron falsas placas de agentes de inteligencia.