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Los afectados por Filomena no verán ni un euro hasta 2022

Los afectados por Filomena no verán ni un euro hasta 2022

miércoles 20 de octubre de 2021, 15:07h

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En Almería, la borrasca causó distintos daños en Adra, Almería capital, Fondón, Huécija, Instinción, Paterna del Río y Serón



El BOE publica hoy la resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, de medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca “Filomena”, que tuvo lugar en la primera semana del mes de enero de 2021. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (https://www.infosubvenciones. es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/590179).

En el artículo 2 del mismo, según ha consultado Noticias de Almería, puede leerse que "las solicitudes para la concesión de estas ayudas se tramitarán y resolverán por las Delegaciones del Gobierno en las comunidades autónomas uniprovinciales afectadas, y por las Subdelegaciones del Gobierno en los demás casos, y se presentarán en el plazo de dos meses, contados a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley." es decir, hay de plazo hasta el 20 de diciembre, y partir de ahí se analizarán las periciones y se tomarán decisiones, lo que alarga hasta entrado 2022 la fecha de llegada de las ayudas, si bien en el RD no se pone fecha a este extremo.

La convocatoria se efectúa respecto de los daños provocados en infraestructuras municipales y red viaria provincial por el episodio “Filomena”. En Almería, la valoración de los daños causados por la borrasca ascendió a 492.927,06€. Los municipios afectados fueron Adra, Almería capital, Fondón, Huécija, Instinción, Paterna del Río y Serón.

Las subvenciones financiarán hasta el 50% del coste de los proyectos directamente relacionados con el siniestro que ejecuten los ayuntamientos o la Diputación, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal. Las solicitudes para poder acceder a las ayudas podrán presentarse hasta el próximo día 26 de noviembre.

Obligatoriamente, estas se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la aplicación informática “AURA-Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales”, accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial https://sede. administracionespublicas.gob. es/ (Procedimientos - Subvenciones), seleccionando el apartado dedicado a esta convocatoria.

"Urgente" desde enero

El día 5 de enero de 2021, a la vista de los avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología, se convocó por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias a la Unidad de Valoración de Riesgos del Protocolo de Coordinación de Actuaciones en la Red de Carreteras del Estado ante fenómenos meteorológicos adversos, alertándose igualmente a los órganos competentes en materia de protección civil de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, así como a las Delegaciones del Gobierno.


El 7 de enero de 2021 fue activada la fase 2 del Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM), declaración a la que se sumaron varias comunidades autónomas que activaron sus planes en su nivel máximo de alerta ante los efectos meteorológicos asociados a la borrasca «Filomena». El PLEGEM estuvo activado en esta fase desde las 10:50 horas del día 7 de enero hasta las 13:00 horas del día 18 de enero, siendo ésta la determinación del ámbito temporal de este episodio catastrófico, ampliado en alguna comunidad autónoma hasta la desactivación total de sus planes de emergencia. En otras, la activación de los planes tuvo lugar en alguna fase inferior, como fue el caso de las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Cataluña, Región de Murcia y Comunidad Valenciana.

Durante el periodo de activación de los planes mencionados se han producido daños personales y en infraestructuras y bienes públicos y privados, así como daños en cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas.

La magnitud de la emergencia, las medidas necesarias para subvenir la grave perturbación de las condiciones de vida de la población, el pleno restablecimiento de los servicios públicos esenciales y, en definitiva, la recuperación de la normalidad en las zonas afectadas, justifican la intervención de la Administración General del Estado, desde el principio de solidaridad interterritorial y de manera subsidiaria, complementando las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las administraciones públicas territoriales.
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