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Declaran nula una hipoteca multidivisa en Vera por falta de información al cliente

Declaran nula una hipoteca multidivisa en Vera por falta de información al cliente

martes 18 de diciembre de 2018, 07:46h

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Era un préstamo de 150.000 euros con Caixabank con un interés por mora del 29%

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Vera ha declarado la nulidad radical de una cláusula multidivisa en Francos Suizos de un contrato de préstamo de 150.000 euros con Caixabank, al incurrir en la condición de abusiva por falta de transparencia en la colocación del producto, y ello a pesar de que uno de los contratantes era licenciado en Derecho.

La resolución judicial mantiene que los riesgos de este producto exceden a los propios de los préstamos hipotecarios a interés variable solicitados en euros, siendo catalogado como producto complejo y de alto riesgo y por lo tanto impropio para un consumidor que compra su vivienda.

Dice el dictamen judicial que existe una falta de acreditación, por parte del banco, de que se dio la información suficiente al cliente de tal manera que adquiriera un conocimiento certero a cerca del riesgo que conllevaba la operación que estaba realizando. Así, no se trae por parte del banco ningún tipo de prueba a cerca de información pre contractual que acredite que los afectados conocían el tipo de producto contratado y el riesgo asumido con el mismo.

En concreto se detalla que "No se estima acreditado que antes de formalizar el contrato se advirtiera al cliente de los riesgos de contratar un préstamo en divisas, ni que se hicieran simulaciones que incluyeran la posibilidad de revalorización del franco suizo respecto al euro y sus consecuencias sobre las cuotas a pagar y sobre el capital pendiente de pago. No se ha traído a los autos simulación alguna que se realizara a los prestatarios y que les permitiera entender el riesgo real que asumían ante este el producto en cuestión".

A eso añade que "Tampoco consta que se entregara previamente a la firma la folleto informativo u oferta vinculante conforme a la Orden de 5 de mayo de 1994" y que "En la escritura no se contiene ninguna advertencia específica sobre el riesgo que puede conllevar para el prestatario contratar el préstamo en divisas (el notario únicamente advierte sobre las obligaciones fiscales)" y concluye señalando que "En la misma escritura se pactó un interés moratorio del 29%."

Para la letrada que ha llevado la defensa de los intereses del consumidor, Magdalena Rico Palao, de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es, la sentencia produce una gran satisfacción por las consecuencias directas que ello tiene en el patrimonio del cliente, pues tenía una deuda con el Banco que resultaba totalmente impagable y con riesgo de ruina en la economía doméstica del afectado, ya que debía más dinero que el inicialmente prestado, después de haber pagado durante 9 años.

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