El Ayuntamiento de Almería ha aprobado inicialmente el reglamento orgánico del nuevo Tribunal Administrativo Municipal de Recursos Contractuales que, una vez creado, va a tener la competencia de resolver aquellos recursos especiales en materia de contratación. De esta forma el consistorio almeriense contará con su propio tribunal de contratos.
A partir de la aprobación de esta propuesta, que ha contado con los votos favorables del Grupo Municipal Popular, Ciudadanos, Vox y el concejal no adscrito y la abstención del Grupo Municipal Socialista, se iniciará el trámite de información pública y audiencia a los interesados, por un plazo de treinta días, para la presentación de reclamaciones y sugerencias, que serán resueltas también por el Plenario, produciendo, en su caso, la aprobación definitiva de este nuevo Reglamento.
La creación de un tribunal de contratos propio se justifica, como ha explicado la concejala de Presidencia y Planificación, María del Mar Vázquez, en el volumen de expedientes de contratación existentes en el Ayuntamiento, que ha ido experimentando un crecimiento exponencial durante los últimos años. También motiva su creación por la disponibilidad de poder trabajar con medios tecnológicos que sean más eficaces para poder afrontar las tramitaciones con gastos de gestión más reducidos. Así se pretende simplificar también todos los trámites a los licitadores que sean necesarios a la hora de resolver los posibles recursos y poder también ampliar los mecanismos garantistas que se tienen en materia de contratación.
El Tribunal Administrativo Municipal de Recursos Contractuales quedará constituido inicialmente como órgano unipersonal, incrementándose en el número de vocales nombrados por el Pleno si es que aumenta el volumen de asuntos sometidos a su conocimiento.
Entre las competencias establecidas están las de conocer y resolver aquellos recursos especiales en materia de contratación, las de adoptar las decisiones sobre aquellas medidas cautelares o provisionales, el conocer y resolver las reclamaciones en sectores como puedan ser el de seguro privados, planes y fondos de pensiones, de ámbito tributario y también de litigios fiscales, el de conocer otros recursos y reclamaciones que se puedan atribuir a los órganos competentes.