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El Gobierno mete entre las “medidas urgentes” por la invasión de Ucrania los suelos de Palomares
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El Gobierno mete entre las “medidas urgentes” por la invasión de Ucrania los suelos de Palomares

jueves 31 de marzo de 2022, 20:44h

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Será declarado oficialmente como contaminados por radioactividad y deberá ser limpiado, pero no entra en el detalle de quién ni cómo deberá hacerse

El Gobierno socialista que preside Pedro Sánchez ha utilizado el real decreto ley de medidas urgentes en respuesta a las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de la Federación Rusa, para abordar la situación de los terrenos de la localidad de Palomares, contaminados por radioactividad desde que en 1966 cayeron en él unas bombas nucleares de los EEUU de modo accidental desde unos bombarderos.

Se da la circunstancia de que este real decreto ley no tiene nada que ver con lo sucedido en esta pedanía de Cuevas del Almanzora, y supondrá, según se lee en el Boletín Oficial del Estado del 31 de marzo, la reforma de la Ley de Energía Nuclear que es la 25/1964.

Lo cierto que esta disposición no afecta solo a Palomares, ya que en España hay reconocidas seis áreas contaminadas por radiactividad desde 2018 en un informe del Consejo de Seguridad Nuclear, pero es el más afectado. La cuestión, en el fondo, es que a pesar de estar contaminado y reconocido como tal, no existía una especificidad como tal, que es lo que ahora viene a regularse.

El problema es que si bien se menciona que se “regulará la declaración” de los “suelos o terrenos como contaminados o con restricciones de uso” además de su inventario y “los sujetos responsables de la descontaminación y restauración”, se indica que se incluirán “los mecanismos” para ejecutar la descontaminación, pero no se dice cuales son, ni de quién es la responsabilidad de ejecutarla. Hay que recordar que esa es la gran polémica en el caso de Palomares.

El texto indica que los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo o terreno con radionucleidos, salvo los de aquellas instalaciones sometidas al régimen de autorizaciones previsto en el artículo 28, y los propietarios de los suelos o terrenos en los que se haya desarrollado en el pasado alguna actividad potencialmente contaminante con radionucleidos, deberán remitir al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico un informe de situación sobre cada uno de los suelos o terrenos en los que se desarrollan, o se hayan desarrollado, dichas actividades.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico remitirá copia de este informe al Consejo de Seguridad Nuclear.

Los titulares y propietarios a que se refiere el apartado anterior deberán poner en conocimiento del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico todo suceso del que potencialmente se derive la contaminación radiológica de suelos o terrenos.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico remitirá la información al Consejo de Seguridad Nuclear.

Los propietarios de fincas en las que se haya realizado alguna de las actividades potencialmente contaminantes con radionucleidos estarán obligados a declarar tal circunstancia en las escrituras públicas que documenten la transmisión de derechos sobre aquellas. La existencia de tal declaración se hará constar en el Registro de la Propiedad por nota al margen de la inscripción a que tal transmisión dé lugar.

A la vista de la información disponible, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Secretaría de Estado de Energía y previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, podrá declarar un suelo o terreno como contaminado radiológicamente o como suelo o terreno con restricciones de uso. En esta declaración se determinará si es necesario realizar actuaciones para proceder a su restauración, estableciendo los términos, condiciones de ejecución y, en su caso, plazos para la misma.

Por tanto, más allá de la originalidad de incluir este tema en este decreto ley, sirve para establecer que las áreas con contaminación nuclear sean reconocidas específicamente así, pero no aclaran cómo y de qué manera serán descontaminadas, aunque se establezca la obligación de hacerlo.

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