El Pleno de la Corporación municipal ha aprobado hoy, de forma definitiva, la modificación de la Ordenanza fiscal número 6, reguladora del Impuesto sobre Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía). Además de dar cumplimiento al mandato establecido en el RDL 26/2021 de 8 de Noviembre, el nuevo texto actualiza, ordena y sintetiza parte de su articulado, al tiempo que desarrolla conceptos con el objetivo final de una mejora en la seguridad jurídica del ciudadano y en la gestión tributaria del Impuesto.
Según ha explicado el concejal de Economía y Función Pública, Juan José Alonso, siendo inicialmente las previsiones de ingresos para este año de 6,5 millones de euros, elevando el tipo de gravamen al 30%, similar a otras ciudades como Cuenca, Granada, Barcelona o Cadiz, el Ayuntamiento va a recaudar menos, cinco millones. Reconociendo, una vez más, que se trata de un impuesto “injusto”, sí ha adelantado que, “si la situación económica lo permite, el compromiso es el de reducir el tipo de gravamen”.
Tras defender de nuevo la política fiscal que viene aplicando el Equipo de Gobierno al frente del Ayuntamiento, con rebajas y bonificaciones en tasas e impuestos, y ante la incentidumbre económica que también afecta a los Ayuntamientos, Alonso ha urgido al Gobierno a “dotar a los consistorios de un fondo de compensación que permita paliar y afrontar las pérdidas de recaudación, y que no se vean afectados los servicios públicos”, ante lo que considera una situación “dramática” a la que se enfrentan y viven hoy los ayuntamientos.
Como así se refirió en el debate de su aprobación inicial, la principal novedad y motivo fundamental que sustenta esta Ordenanza, tras ese trámite previo y la resolución de alegaciones presentadas, es la “determinación de la base imponible”, para cuyo cálculo se establecen dos métodos, que serán objeto de elección por parte del interesado.
Así, podrán acogerse al régimen de estimación directa (diferencia entre precio de adquisición y transmisión en función del valor proporcional del suelo respecto al valor catastral) o al ´régimen general de estimación objetiva, que se aplicará por defecto (aplicación de la nueva tabla de coeficientes que establece el RDL 26/2021).
Otra de las principales novedades de esta Ordenanza reside en la modificación del régimen de declaración-liquidación, mejorando el control y la eficiencia en la gestión tributaria.De ahora en adelante el sujeto pasivo deberá presentar uno de los cinco tipos de modelos normalizados que se pondrán a su disposición en función de la casuística concreta, junto con la documentación a aportar en cada caso.
Se modifica también el artículo 12 respecto de las bonificaciones en la cuota, donde se incluye un nuevo criterio para la determinación de la vivienda habitual, entendiéndose como tal, aquella en la que hubiese estado empadronado el causante al menos dos años de forma ininterrumpida dentro de los 10 años anteriores al fallecimiento (se incluye la posibilidad de que el causante hubiese estado empadronado en una residencia geriátrica).
La Ordenanza incluye también la exención establecida para las transmisiones realizadas por personas físicas con ocasión de la ‘dación en pago de la vivienda habitual del deudor para la cancelación de garantías hipotecarias sobre la misma’, “algo que se venía realizando desde la anterior burbuja inmobiliaria y que ahora queda recogido en la ordenanza”, ha explicado el concejal de Economía.
Se recoge además en el articulado (art 3.2) “declarándose no sujetas las transmisiones de terrenos respecto a los cuales se constate la inexistencia de incremento de valor entre la fecha de transmisión y adquisición”, un supuesto tampoco recogido hasta ahora y que, igualmente, se venía aplicando desde una sentencia de 2017 del Tribunal Constitucional.
En cuanto a la solicitud de prorroga, como novedad a destacar, se establece la concesión tácita por el tiempo solicitado, otorgando así mayor seguridad jurídica al interesado.
La modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ha salido adelante con los votos favorables del Grupo Municipal Popular y del concejal no adscrito, Joaquín Pérez de la Blanca, y el voto en contra del resto de la oposición en pleno. Su entrada en vigor lo será a partir de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).