El Consejo de Ministros ha aprobado la primera resolución para liquidar el contrato y determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración (RPA) del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje Cartagena-Vera, que se adjudicó en 2004 a la sociedad Aucosta y que se resolvió en 2018 por el proceso concursal de la empresa.
La RPA es el importe que debe pagar el Estado a la sociedad concesionaria por las inversiones realizadas en la construcción y las expropiaciones efectuadas para la ejecución de la obra, así como por los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar por la resolución del contrato.
Según el documento publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Gobierno ha calculado la RPA siguiendo los criterios establecidos en un acuerdo de interpretación de 2019 y adaptándolos a las sentencias del Tribunal Supremo que han resuelto los recursos interpuestos por los interesados.
El resultado es que el Estado debe pagar a Aucosta una RPA de 310.257.000,19 euros, de los cuales se retienen provisionalmente 32.313.993,96 euros hasta la liquidación de situaciones pendientes, como los justiprecios que aún no se han determinado o pagado1. El importe que se abona a cuenta es de 277.943.006,23 euros, al que se sumarán los intereses correspondientes por el retraso en la determinación y el pago de la RPA23.
El documento también establece que en los seis meses siguientes a esta primera resolución se dictará una resolución complementaria con la liquidación complementaria de las situaciones pendientes, y que en los seis meses siguientes a esta se dictará una resolución definitiva con la liquidación definitiva45.
La RPA se compone de dos conceptos: las obras realizadas por el concesionario y las expropiaciones efectuadas para la construcción de la autopista. El documento detalla los valores aplicados para cada uno de estos conceptos, así como las minoraciones y retenciones que se aplican por distintas circunstancias.
En cuanto a las obras, el Gobierno ha valorado el presupuesto de ejecución por contrata (PEC) de las obras aprobadas por la Administración, descontando la amortización desde la fecha de inicio del cobro de peajes hasta la fecha de inicio de la explotación por SEITTSA, la sociedad estatal que asumió la gestión de las autopistas en quiebra. El valor neto de las obras es de 348.674.347,83 euros6.
En cuanto a las expropiaciones, el Gobierno ha valorado los justiprecios pagados a los expropiados por el concesionario y por la Administración, así como los pendientes de pago o determinación, descontando también la amortización desde la fecha de inicio del cobro de peajes hasta la fecha de inicio de la explotación por SEITTSA. El valor neto de las expropiaciones es de 82.791.883,24 euros.
Sin embargo, el Gobierno ha aplicado una minoración por expropiaciones, que consiste en restar al valor neto de las expropiaciones las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración, en virtud de resolución judicial, sin amortizar7. Esto es, justiprecios e intereses expropiatorios (no se incluyen costas judiciales ni el 25% por omisión del trámite de información pública)8. El valor neto minorado es de 30.819.000 euros.
Además, el Gobierno ha aplicado unos límites a la RPA ofertada por el concesionario en su día, tanto para las obras como para las expropiaciones, incrementados en el valor neto de las modificaciones y obras complementarias aprobadas por la Administración. Estos límites son los siguientes: 348.674.347,83 euros para las obras y 30.819.000 euros para las expropiaciones.
Así pues, el total por RPA es el resultado de sumar el valor neto minorado de las obras y el valor neto minorado de las expropiaciones, y restarle el valor neto de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha en que SEITTSA comenzó a explotar la autopista, la perfecta entrega de las instalaciones en condiciones de normalidad o estado de conservación y funcionamiento adecuados. Este valor neto es de 13.007.248,99 euros9.
El documento se completa con cinco anexos que contienen más información sobre los valores aplicados, las alegaciones presentadas por los interesados, el cumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo, el resumen de cálculos y los índices electrónicos de los documentos que componen el expediente.