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Condenan a un profesor de la UAL por numerosos plagios
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Condenan a un profesor de la UAL por numerosos plagios

Por Rafael M. Martos
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jueves 01 de febrero de 2024, 06:00h

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La sentencia destaca que "se trata de una ingente cantidad de plagios en distintos momentos y artículos que revelan una sistemática y concienzuda actitud parasitaria y una voluntad de apropiación"

La Audiencia Provincial de Almería confirmaba a finales de 2023, la sentencia condenatoria contra un profesor de la Universidad de Almería por numerosos plagios, ordenando la retirada de todas las publicaciones afectadas.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Noticias de Almería, la Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el juicio ordinario 543/2019, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Almería, en ejercicio de acción de cesación e indemnización por vulneración de derechos de Propiedad Intelectual.

Se da la circunstancia de que ambos, tanto el demandante como el demandado, pertenecen al mismo departamento de la Universidad, y en la sentencia se menciona que “la afectación es mayor por la relevancia académica del suceso, la conmoción que sin duda ha ocasionado y la considerable afectación a la convivencia y bien ambiente dentro del centro de trabajo”.

El tribunal reflexiona sobre el hecho de que “Ha de tenerse presente además que en el caso particular de la copia/plagio sin cita se está haciendo desaparecer la figura del autor, y ya no es que se atente contra la integridad de la obra, o que se perjudiquen los derechos meramente patrimoniales, sino que se rompe el vínculo entre autor y su obra, para apropiarse sin más del resultado de la actividad creativa de éste”

Además, el tribunal destaca que no se trataba de un plagio casual, sino sistemático, detallando que “A mayor abundamiento, en el caso que nos ocupa, vemos que se trata de una ingente cantidad de plagios en distintos momentos y artículos que revelan una sistemática y concienzuda actitud parasitaria y una voluntad de apropiación que supone, en un contexto académico y con los medios de difusión actuales, un ninguneo considerable de la labor creativa de su autor que sin duda le supone un padecimiento indemnizable en la cuantía recogida en la -muy acertada en todos los aspectos- sentencia de instancia”.

La primera sentencia es confirmada por la segunda, en la que se estimaba parcialmente la demanda de otro profesor, que debería ser indemnizado con 5.000 euros, al tiempo que se ordenaba la retirada de las siguientes publicaciones:

A.- Libro La literatura y su estudio: Teorías literarias (aspectos históricos y sistemáticos), editado en 2015 por Sistemas de Oficina de Almería S.A., aunque con sello de la Universidad de Almería, con ISBN 978-84-96918-94-8 y Depósito Legal AL1126-2015.

B.-Libro Principios teóricos y metodológicos de teoría de la narrativa, editado en 2009 por Sistemas de Oficina de Almería S.A., aunque con el escudo y el nombre de la Universidad de Almería, con ISBN 978-84-96918-26-9, Depósito Legal AL- 103-2009.

Y la obligación de retirar los siguientes artículos de revistas especializadas en papel, todas con versión electrónica (o, en caso de imposibilidad material, su señalamiento muy visible como plagio):

C.-El artículo de 2017 de Lorenzo titulado: La subversión de la novela criminal como propuesta ideológica alternativa: la reconversión del subgénero negro en Black, black, black (2010) y Un buen detective no se casa jamás (2012), de Marta Sanz . ? Pasavento. Revista de Estudios Hispánicos, vol. V, núm. 2, 2017, pp. 357-381, ISSN: 2255-4505.

D.-El artículo titulado El narrador: tipologías y representación textual", Epos, UNED, Madrid, ISSN 2255-3495, 2013, XXIX, 359-376 núm. 2, 2017 (verano), pp. 357-381, ISSN: 2255-4505.

E.- El artículo titulado Introducción a la configuración narratológica de los conceptos literarios de héroe y antihéroe, Tropelías. Revista de Teoría de la Literatura y Literatura Comparada, 19 (2013) 180-195, (Universidad de Zaragoza, ISSN: 2255- 5463).

F.- El artículo titulado "El monólogo como modalidad del personaje en la narración", en Lingüística y Literatura, n ° 64, 2013, pp. 179-201 (Univ. Antioquia, Medellín, Colombia, ISSN 0120-5587).

G.- El artículo titulado Paratextualidad y novela: las partes del texto o el diseño editorial", Dicenda. Cuadernos de Filología Hispánica, 2013, vol. 31, págs. 7-25, ISSN: 0212-2952.

H.- El artículo titulado Paratextualidad y novela: las partes del texto o el diseño editorial", Anuario de Estudios Filológicos, 2009, XXXII, 5-21 (Universidad de Extremadura, ISSN 0210-8178).

Y la obligación de retirar el siguiente artículo (o, en caso de imposibilidad material, su señalamiento muy visible como ?plagio) de las revistas solo electrónicas:

I. Teoría, definiciones y clasificaciones de los subgéneros novelescos" (Cronopio, edición 70, septiembre 24 2016, online, URLhttp://www.revistacronopio.com/? p=18432,Editorial 74, Medellín (Colombia), ISSN 2248-5406, pp. 1-2. O de cualquier otra base de datos y/o página web en la que aparezcan y/o cualquier otra reproducción de los libros y artículosque se haya realizado por parte del demandado en cualquier otro medio electrónico o no.

Este caso fue denunciado en la propia Universidad, pero acabó archivado, ya que el expediente disciplinario resuelto por resolución del Rector, de 11 de junio de 2018, se argumenta que los hechos -ciertos o no- no son constitutivos de infracción disciplinaria de ningún tipo, sin descartar en ningún momento la existencia de plagio.

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