Una agencia de detectives ha sido contratada por la Dirección General de la Mutual Midat Cyclops, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, nº 1, que es un Organismo de Derecho público bajo el control de una autoridad estatal, con el objeto de espiar a los trabajadores en la provincia de Almería cuando estén de baja laboral, según los datos a los que ha tenido acceso Noticias de Almería.
El “Servicio de Investigación Privada en el ámbito territorial de la provincia de Almería”, que es como aparece en la licitación oficial, ha sido adjudicado a una agencia domiciliada en Molina de Segura, y se trata de una actividad que había quedado desierta en una ocasión anterior. En esta ocasión el precio de la licitación era de 111.320 euros para dos años, lo que suponía 61.226 euros cada anualidad, pero la adjudicación quedó en 49.610 con impuestos.
Las tareas que deberá realizar la agencia, que dedicará a este fin cinco detectives, se describe del siguiente modo:
“El detective se trasladará de forma puntual al lugar habitual de trabajo del trabajador en situación de baja médica, situación de incapacidad o perceptor de una prestación incompatible con la actividad laboral, para poder comprobar si el mismo está presente en las instalaciones o si el establecimiento permanece abierto o cerrado. Para esta verificación, se empleará el tiempo necesario para la comprobación del hecho ya sea en uno o varios días, salvo instrucciones específicas de la Mutua en contra”.
Pero además de verificar hechos concretos, el detective podrá recibir el encargo de hacer seguimientos:
“Investigación y seguimiento de un trabajador en situación de baja médica, situación de incapacidad o perceptor de una prestación incompatible con la actividad laboral. El seguimiento al trabajador se podrá iniciar en los centros de MC MUTUAL, en el domicilio particular o en el lugar habitual de trabajo, con la finalidad de comprobar y poder demostrar de forma fehaciente y contundente si realiza alguna actividad laboral, por cuenta ajena o propia, o cualquier otra actividad incompatible con las situaciones definidas anteriormente (deambulación, carga de pesos, movimiento de extremidades o tronco, conducción de vehículos, etc.). En este supuesto, el resultado del seguimiento se considerará positivo. En caso contrario, es decir, si no es posible constatar y documentar la realización de actividades incompatibles descritas anteriormente o el seguimiento se viera interrumpido por cualquier circunstancia, el seguimiento se considerará negativo.”
El detective será recompensado especialmente si lo que descubre son engaños del trabajador, ya que se indica que:
“El servicio correspondiente al seguimiento completo diferencia entre “positivos” y “negativos”, lo que conlleva una variación del precio del servicio vinculado al cumplimiento o incumplimiento de un objetivo concreto, el ahorro para el patrimonio de la Seguridad Social de los costes que conllevan las prestaciones por contingencias comunes o profesionales en los casos de acreditación por la Mutua del incumplimiento de las condiciones determinadas legalmente para su otorgamiento o mantenimiento (lucha contra el fraude).”
Los seguimientos deben durar los días suficientes para que se puedan constatar y demostrar los hechos y se realizarán durante un mínimo de tres días, salvo que la Mutua considere suficiente un número de días inferior. En aquellos casos en los que la Mutua considere insuficientes el mínimo de tres días, ésta realizará una solicitud de ampliación del seguimiento y se abonará la parte proporcional del seguimiento completo en función de los días adicionales de seguimiento. También se recoge que:
“El proveedor deberá realizar un trabajo previo de investigación sobre la persona objeto de seguimiento, consistente en corroborar los datos facilitados por la Mutua, así como comprobar la existencia de otros domicilios, teléfonos, lugares de trabajo, incidencias que puedan aparecer en páginas oficiales, redes sociales y que puedan aportar valor añadido al seguimiento. Este análisis previo deberá ir incorporado en el informe definitivo, debiéndose reflejar en cuales ha dado positivo (indicando cuáles son) y en cuales negativo (indicando de forma expresa su inexistencia o la imposibilidad de conocerlos). El seguimiento completo deberá estar diseñado y dirigido a evidenciar de forma muy clara que el trabajador está realizando su actividad laboral habitual o cualquier otra. Nunca serán suficientes hechos que lo presupongan sin un nexo claro y directo con los hechos que se pretenden probar. El seguimiento a realizar debe ser el mismo si lo que se busca es demostrar actividades, movimientos corporales u otras acciones incompatibles con la situación que da lugar al cobro de la prestación.”
El detective, en caso de juicio ante los Tribunales, estará obligado a acudir como testigo de la Mutua, defendiendo el informe elaborado por parte del mismo, acompañado de las pruebas gráficas y documentales obtenidas en las que se pueda identificar claramente la persona objeto de seguimiento, así como, en caso de exigirse por la normativa de aplicación, el encargo de la investigación. El adjudicatario tendrá la obligación de asistir a juicio en el momento que se le requiera, aun cuando la relación contractual hubiera finalizado y está obligado a mantener los precios ofertados para el presente contrato. El investigador deberá aportar así mismo a juicio todo aquel material y/o aparataje necesario para la correcta reproducción en el juzgado del soporte video-gráfico o audible aportado como prueba. Dicho material deberá estar en perfecto estado de uso y funcionamiento.