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SAS condenado a pagar 325.000 euros por la muerte de una mujer por obstrucción biliar
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SAS condenado a pagar 325.000 euros por la muerte de una mujer por obstrucción biliar

Por Aixa Almagro
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lunes 15 de abril de 2024, 17:17h

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El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería a pagar una indemnización de 325.000 euros a los familiares de un hombre de 52 años que murió en 2018 en el Hospital Universitario Torrecárdenas. La causa de su muerte fue una infección resultante de la obstrucción de las vías biliares, que podría haberse prevenido con una cirugía que el equipo médico no consideró.

La jueza del caso criticó la falta de consideración de opciones quirúrgicas o de medicina intensiva que podrían haber salvado al paciente de una colangitis. En lugar de explorar estas opciones viables, los médicos optaron por consultas secundarias con Psiquiatría y realizaron una punción tres días después para prolongar su vida unas pocas horas. El paciente no fue trasladado a la UCI incluso cuando entró en estado crítico.

La demanda presentada por la viuda, los hijos y la hermana del fallecido fue aceptada en su totalidad. Representados por el abogado Ignacio Martínez de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, se les reconoció el derecho a ser indemnizados por mala praxis. Con la suma de los intereses legales, la indemnización ascendería a más de 400.000 euros.

El paciente fue trasladado al Hospital Torrecárdenas de Almería desde el Hospital Comarcal de La Inmaculada en Huércal-Overa en febrero de 2018. La jueza señaló que no se trató la infección a pesar de las sospechas de que padecía un colangiocarcinoma, una afección para la cual la cirugía para evitar la obstrucción biliar es un tratamiento viable.

La jueza expresó su sorpresa por el hecho de que, poco antes de la muerte del paciente, cuando ya se sospechaba del colangiocarcinoma, la única decisión tomada fue consultar con psiquiatría. Criticó que se sometiera al paciente a una punción invasiva para prolongar su vida unos días, sin considerar la cirugía para extirpar el colangiocarcinoma ni consultar con cirugía una posible resección para evitar la obstrucción de la vía biliar.

La jueza concluyó que es evidente que en este caso no se actuó de forma correcta. No es que se sostenga que con seguridad, de haber sido intervenido, el paciente se hubiera salvado, sino que, y así se ha acreditado, es que no siquiera se contempló la opción para evitar la que terminó siendo la causa de la muerte.

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