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Falta de criterio común para empadronar a inmigrantes irregulares en Almería
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Falta de criterio común para empadronar a inmigrantes irregulares en Almería

Por Rafael M. Martos
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lunes 29 de abril de 2024, 06:30h

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El informe del Defensor del Pueblo Andaluz destaca diferentes formas de solucionar este problema, como aceptar otros documentos o contar con la colaboración de entidades del Tercer Sector

La Defensoría del Pueblo Andaluz ha puesto de manifiesto la falta de criterio común entre los municipios de Almería para empadronar a inmigrantes en situación irregular. Según un informe al que ha tenido acceso Noticias de Almería, las administraciones locales no tienen un enfoque unificado para tramitar el alta en el padrón municipal de personas que residen en un municipio pero no pueden acreditar su título de ocupación del inmueble.

El padrón municipal como registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio constituye una prueba del domicilio habitual de sus residentes y por lo tanto se convierte en un requisito imprescindible para el acceso a los servicios públicos de muchas familias.

Las dificultades para tramitar el alta en el padrón municipal pueden afectar especialmente a las personas migrantes, sobre todo al inicio de su estancia en un municipio. Las distintas formas de solucionar el lugar donde pernoctar o donde residir les llevan a tener que compartir viviendas en las que no se les facilita ningún soporte documental que sea admitido por las Corporaciones para causar alta.

La mayoría de ellas requieren como único título legítimo de ocupación de los inmuebles los contratos de alquiler o escrituras de propiedad que, por las razones indicadas, no pueden ser aportados. Aún más difícil es el caso de quienes residen en los asentamientos chabolistas o quienes están en situación de calle, cuestiones que han llegado a lo largo de este año 2023 al Defensor del Pueblo.

EJEMPLOS CONCRETOS

En el informe, a modo de ejemplo, se reseñan las distintas casuísticas que han llegado a la Defensuría desde Ayuntamientos de la provincia de Almería con más población migrante, en el contexto de la actuación de oficio 22/4942.

Municipios como Njíar, Roquetas, El Ejido o la propia ciudad de Almería, informaron cómo proceden al empadronamiento de estas personas, además de trasladar algunas cuestiones que les preocupa y que consideran de interés para este informe.

Ya en el informe enviado por el Ayuntamiento de Níjar, objeto de análisis el pasado año, se ponía de manifiesto que «salvo que el Ayuntamiento disponga de pruebas fehacientes de que la residencia efectiva no se está dando, procederá a empadronar a quienes lo soliciten y acrediten que residen en el municipio, sin que sean motivo para su «no inscripción» el no aportar título de propiedad de la vivienda, o contrato de alquiler o la deficiencia de la infraestructura».

Ante el número de personas migrantes que residen tanto en viviendas del municipio como en asentamientos chabolistas, se trasladó que para comprobar la veracidad de la residencia, así como de expedientes duplicados, es necesario poner a disposición más recursos humanos. Unos trámites que, a juicio de esta Defensoría, pudieran ser apoyados por Entidades del Tercer Sector, a los efectos de informar a la población sobre la documentación que han de aportar a los expedientes de empadronamiento, además de los títulos referidos a los domicilios donde residen y el lugar en el que solicitan el empadronamiento.

Por lo que respecta a Roquetas de Mar, «en caso de no aportar dichos documentos o haya duda de la veracidad de los datos, se solicita Informe de la Policía Local o Trabajador Social para comprobar que realmente el vecino habita en ese domicilio, y en caso afirmativo, inscribirlo en el Padrón». Una colaboración con otros recursos del ayuntamiento como son los Servicios Sociales Comunitarios, o la Oficina Municipal de Integración que facilita y agiliza la inscripción padronal en su caso.

En Adra, trasladan que «el Ayuntamiento acepta otros documentos como suministros de luz, agua, etc.» y una vez hechas las comprobaciones oportunas, se envía a la Policía Local para que elabore Informe sobre si efectivamente el vecino que solicita el empadronamiento reside en el domicilio.

Por su parte en la ciudad de Almería aporta algunas peculiaridades ligadas a la distinta casuística de la población migrante. Así se refiere a los expedientes de baja en la hoja padronal cuando «se manifieste que no residen en su vivienda ninguno de los habitantes empadronados…», debiendo solicitar «previamente a su alta en el Padrón a través del Registro General, la baja por inscripción indebida de los empadronados que no residen en la misma». También hace referencia a las inscripciones «en un establecimiento «colectivo» (albergues, residencias, residencias de ancianos, etc.)», siendo necesario la «autorización expresa por parte de la Dirección de dicho establecimiento».

Se alerta en el informe sobre determinadas situaciones que ponen en riesgo a las personas que, estando en una situación de vulnerabilidad, creen asegurar estos trámites acudiendo a las mafias que les facilitan – pisos francos– en los que poder empadronarse, no siendo éstos los lugares de residencia en los que realmente residen. Una cuestión que ha sido objeto de intervención policial, tal y como se recogió en la prensa.

Trasladan que «en estos y otros casos, el gestor municipal, debe actuar con la suficiente cautela, para evitar un perjuicio mayor a las personas en situación de exclusión social, o especialmente vulnerables, siendo la protección de estas personas, la máxima prioridad en la actuación administrativa del funcionario municipal en su trabajo diario».

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