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Condenados dos empresarios por un accidente laboral en El Ejido
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Condenados dos empresarios por un accidente laboral en El Ejido

Se produjo una explosión como consecuencia de los vapores de un depósito y las chispas de una amoladora

Por Ana Rodríguez
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sábado 25 de mayo de 2024, 18:10h

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El Juzgado de lo Penal 5 de Almería ha condenado a dos empresarios de El Ejido por no adoptar las medidas necesarias para evitar el accidente sufrido por un empleado en enero 2018. La víctima, que trabajaba en una empresa dedicada a la producción de asfalto, sufrió la explosión de un depósito de combustible mientras trabajaba con una amoladora, lo que le causó graves lesiones y una incapacidad permanente.

La sentencia indica que los acusados son los administradores mancomunados de una empresa dedicada a la producción de asfalto frío y caliente, así como al extendido del mismo en diferentes obras.

El fallo subraya que el accidente se produjo porque los acusados no impartieron al perjudicado la formación obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales, además de no entregarle documentación de seguridad sobre el fuel oil residual, toda vez que no le informaron del contenido del depósito, que tampoco había sido objeto de las inspecciones periódicas obligatorias ni tenía señales de peligro.

La víctima, que fue contratada para ejercer como operador de maquinaria desde el día 4 de septiembre de 2017 al 3 de marzo de 2018, se encontraba en su centro de trabajo el 26 de enero de 2018, sobre las 11:00 horas, dónde cortaba con una amoladora la parte superior de un depósito de hierro utilizado para almacenar combustible.

El depósito, que contenía en su interior 158 litros de fuel oil y vapores de dicho combustible, provocó la explosión del mismo al contacto de las chispas que desprendía la amoladora.

El trabajador, que llevaba puestas botas de seguridad, mono de trabajo, un chaleco reflectante y guantes de tela y plástico, tuvo que ser intervenido quirúrgicamente en cuatro ocasiones y precisó de 700 días para curarse.

A pesar de todo ello, le han quedado secuelas que afectan a su sistema nervioso y a sentidos como la vista y el oído, además de presentar ahora una asimetría facial y cicatrices en distintos puntos de su cuerpo.

Una suma de consecuencias que le ocasiona "una pérdida de calidad de vida muy grave" y por las que se le ha reconocido la incapacidad permanente absoluta para cualquier tipo de trabajo.

Por estos hechos, los acusados han sido condenados a penas individuales de un año y medio de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores, por el que cada uno de ellos tendrá que indemnizar al perjudicado con 100.000 euros. Al dictar estas penas se ha aplicado la atenuante de reparación del daño, ya que antes del juicio la aseguradora de los procesados y había indemnizado al trabajador con 150.000 euros.

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