El Tribunal Supremo (TS) ha retirado durante cuatro años la patria potestad a un hombre condenado por la Audiencia de Almería por violar al hijo de 9 años de la mujer que entonces era su pareja, al aplicar la ley del "solo sí es sí".
Según la sentencia, los hechos se produjeron en agosto de 1999, cuando el procesado tenía 39 años y llevaba unos meses de relación con la madre de la víctima. El procesado se llevó al niño a un descampado y lo violó con un objeto punzante.
La Audiencia inicialmente impuso una pena de 13 años de prisión y una indemnización de 30.000 euros al niño, pero con la entrada en vigor de la ley del "solo sí es sí" en enero de 2023, dictó un auto que fijaba la pena en 11 años y medio de cárcel. La Fiscalía recurrió esta decisión en casación ante el TS, argumentando que no se habían contemplado las "consecuencias punitivas" que no se preveían en la ley vigente cuando se dictó la primera sentencia.
El TS ha dado la razón al Ministerio Público y ha impuesto al condenado las penas de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, guarda o acogimiento durante cuatro años, así como para desempeñar cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores durante cinco años, y la medida de libertad vigilada durante 10 años.