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11 años de prisión para un terapeuta por el homicidio de su 'camello' en El Ejido
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11 años de prisión para un terapeuta por el homicidio de su 'camello' en El Ejido

La Audiencia Provincial de Almería sentencia este hecho de 2022, destacando la violencia del ataque y la falta de robo

Por Ana Rodríguez
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martes 22 de octubre de 2024, 14:53h

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La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia que condena a un terapeuta a once años de prisión por el homicidio de un amigo, ocurrido en su vivienda en El Ejido durante julio de 2022. La magistrada-presidenta del tribunal, Alejandra Dodero, también ha impuesto al condenado cinco años de libertad vigilada tras considerar la gravedad del crimen.

El jurado encontró al acusado culpable del delito de homicidio, mientras que lo absolvió del cargo de robo con violencia, por el cual la Fiscalía había solicitado inicialmente una pena adicional de cuatro años y medio. En su fallo, se subraya la violencia ejercida durante el ataque: el acusado propinó tres puñaladas a la víctima, perforándole un pulmón y dejando un cuchillo clavado en su oído derecho. La muerte se produjo como consecuencia de un shock hemorrágico y respiratorio derivado de las heridas.

Los hechos tuvieron lugar entre el 12 y el 13 de julio de 2022, cuando el acusado se presentó en el domicilio del fallecido. Durante una discusión que surgió entre ambos, tomó un cuchillo con una hoja de aproximadamente nueve centímetros y atacó a su amigo sin que se evidenciara ningún forcejeo previo. Aunque se llevó consigo el teléfono móvil y las llaves del hogar, el jurado concluyó que no actuó con intención de enriquecerse, atribuyendo este acto a un despiste.

En su análisis, la magistrada destacó que no existieron pruebas suficientes para demostrar que el acusado había despojado a la víctima del cuchillo antes del ataque ni que hubiera habido amenazas previas. Además, los miembros del jurado descartaron que las capacidades del acusado estuvieran afectadas por consumo de drogas.

El veredicto fue respaldado por evidencias forenses, incluyendo ADN encontrado bajo una uña de la víctima. Sin embargo, esto no implicaba necesariamente que hubiera existido un forcejeo entre ambos. Los forenses afirmaron que las lesiones sufridas por la víctima fueron incompatibles con una pelea.

Otro aspecto relevante es que el acusado abandonó la vivienda tras cometer el crimen sin buscar asistencia médica para su amigo herido. Sabía que la pareja de la víctima estaba fuera del país en Marruecos, lo cual dificultó aún más la posibilidad de auxilio inmediato. El cuerpo fue descubierto varios días después gracias a avisos vecinales.

La escena del crimen presentaba un estado caótico: muebles revueltos y mal olor en el ambiente. A pesar de los indicios encontrados, como restos de sangre, no se hallaron huellas del acusado ni signos de forzamiento en la cerradura.

Por otro lado, aunque se supo que el teléfono móvil perteneciente a la víctima estuvo en posesión de un conocido del condenado poco después del asesinato —quien introdujo una tarjeta SIM propia— no se pudo determinar si esto generó algún beneficio económico para él o si podía ser considerado como robo con fuerza.

Esta sentencia puede ser objeto de recurso ante instancias superiores, pero marca un capítulo significativo en este trágico caso ocurrido en Almería.

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