La Audiencia Provincial de Almería ha dictado un fallo en el que absuelve a cuatro hombres que estaban acusados de participar en la entrada irregular de 13 migrantes en una patera, un suceso ocurrido en una playa del municipio de Níjar. La decisión se basa en la falta de pruebas que vinculen a los acusados con el desembarco, ya que no se presentaron testimonios ni grabaciones que corroboraran su implicación.
El tribunal, perteneciente a la Sección Tercera, ha determinado que no hay evidencia suficiente para "vincular sin género de duda" la embarcación intervenida el 1 de junio de 2023 en la playa de Torregarcía con la patera que había desembarcado a los migrantes aproximadamente una hora antes en la cala del Barronal. Este aspecto fue clave para llegar a la conclusión de absolución.
En su sentencia, los magistrados destacan que los agentes que intervinieron tras recibir un aviso sobre una patera "cargada de inmigrantes" nunca visualizaron el desembarco. La intervención policial comenzó "minutos después" cuando observaron a dos de los acusados como "únicos ocupantes" de una lancha localizada en Las Salinas, mientras se dirigían hacia la costa almeriense. En ese momento, otros dos arrestados esperaban en la playa para cargar y remolcar la embarcación.
Los agentes que recibieron el primer aviso a las 6:45 horas también recibieron información adicional a las 7:00 horas, indicando que el desembarco ya se había llevado a cabo y que la nave estaba rumbo a Almería. Sin embargo, no establecieron "contacto visual" con dicha embarcación hasta su avistamiento posterior en Las Salinas.
Durante el juicio, varios agentes testificaron que su papel se limitó al apoyo logístico y al transporte de los migrantes localizados hacia Almería, sin haber presenciado el desembarco inicial. El tribunal subraya que "tampoco los distintos atestados y diligencias de la Guardia Civil incorporadas a las actuaciones permiten establecer vinculación o relación" entre la embarcación intervenida y el transporte o desembarco de migrantes.
Además, las grabaciones presentadas como parte del caso solo muestran "imágenes de la embarcación con dos tripulantes a bordo y sin pasajeros". Ante esta ausencia de pruebas "válidas y concluyentes", los magistrados han decidido mantener "incólume" la presunción de inocencia de los acusados, lo cual ha llevado a un fallo absolutorio.
Este veredicto es susceptible de ser apelado por parte del Ministerio Fiscal, que había solicitado penas entre cinco y siete años para cada uno de los acusados por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La decisión del tribunal pone así fin a un proceso judicial marcado por la falta de evidencias claras sobre las acciones concretas llevadas a cabo por los imputados durante el incidente.