El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido el dictamen número 850/2024, en respuesta a una solicitud del Ayuntamiento de Almería, sobre un caso de responsabilidad patrimonial administrativa derivada de daños a la propiedad. La ponencia estuvo a cargo de María del Carmen Mingorance Gosálvez y José Mario Guisado Barrilao, letrado.
El Ayuntamiento de Almería solicitó el dictamen del Consejo Consultivo en relación con un procedimiento de responsabilidad patrimonial administrativa a instancias de la representación de una propietaria de una vivienda afectada. La reclamante solicitó una indemnización de 54.370 euros debido a los daños causados por la rotura de la red pública de saneamiento.
La responsabilidad patrimonial de la administración, consagrada en el artículo 106.2 de la Constitución Española, establece el derecho de los particulares a ser indemnizados por daños sufridos en sus bienes y derechos, salvo en casos de fuerza mayor, siempre que estos sean consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
En este caso, los hechos se enmarcan en las disposiciones de la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, que regulan el procedimiento administrativo común y el régimen jurídico del sector público. La reclamante presentó la solicitud de indemnización dentro del plazo establecido por la ley, ya que los daños comenzaron a manifestarse en noviembre de 2022, y la reclamación se presentó en julio de 2023.
El dictamen analiza la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y los daños producidos. Se concluye que existe un daño efectivo, antijurídico, individualizado y económicamente evaluable, imputable a la administración. La causa de los daños se atribuye a filtraciones de agua provenientes de tuberías de abastecimiento y saneamiento público, competencia municipal según la Ley 7/1985.
No obstante, dado que el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua está concesionado a una entidad mercantil, es esta la responsable de asumir la indemnización por los daños causados, conforme al artículo 196 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
El Consejo Consultivo de Andalucía dictaminó desfavorablemente la propuesta de resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada contra el Ayuntamiento de Almería. Se recomienda continuar con un expediente contradictorio para determinar la indemnización procedente y verificar que la reclamante no ha recibido compensaciones adicionales por los daños reclamados.
El Ayuntamiento de Almería deberá comunicar la resolución del procedimiento al Consejo Consultivo en un plazo de 15 días desde su adopción, conforme al Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo.