Provincia

El Ayuntamiento de Mojácar está colapsado por su actividad sancionadora

Viernes 11 de enero de 2019

Las despedidas de soltero provoca que el Consistorio tarde “años” en resolver recursos administrativos que se le presentan



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El Ayuntamiento de Mojácar tarda “años” en resolver recursos administrativos que se le presentan por culpa de la gran actividad sancionadora que lleva con motivo de las despedidas de soltero que se realizan en el municipio, según contesta al Defensor del Pueblo Andaluz en un escrito consultado por Noticias de Almería.

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El Defensor del Pueblo Andaluz, ante la situación que describía la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Mojácar sobre la falta de resolución expresa de los recursos administrativos presentados en el Ayuntamiento y los retrasos acumulados de varios años, recomienda a la misma “que adopte, en relación con el personal tramitador, la decisión que permita resolver dichos recursos expresamente, procediéndose a su notificación”.

Esta contestación se produce a raíz de una queja por la falta de resolución expresa de ese Ayuntamiento a un recurso de reposición formulado en el seno de un expediente administrativo de febrero de 2015. Ante tal situación de silencio administrativo y al amparo de lo establecido en el artículo 17.2 inciso final de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, esta Institución admitió a trámite la queja y en mayo de 2018 solicitó de ese Ayuntamiento que resolviera expresamente, y notificara, el referido recurso de reposición. El recurso debe resolverse en un mes, y en este en concreto, han pasado tres años.

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En respuesta recibió un oficio de la Alcaldía, de mayo de 2018, en el que se indica que “Mojácar es un municipio muy turístico y principal destino de despedidas de solteros y de fiesta para la juventud y que, como consecuencia de ello, el volumen de expedientes sancionadores es muy elevado, lo que hace imposible su buena gestión al no disponer de personal suficiente para contestar todos los expedientes, haciendo que sea imposible tanto materialmente como personalmente dar respuesta a todos los recursos de reposición. Por todo ello -finaliza ese oficio- el Ayuntamiento se está planteando incluso externalizar el servicio para que funcione correctamente”.

Es decir, no se ha resuelto expresamente, y notificado, el recurso de reposición afectado por una situación de silencio administrativo que motiva esta queja.

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Según el Defensor del Pueblo Andaluz “ hay más que razones para haber previsto una dotación mayor de personal destinado a la tramitación y resolución de expedientes administrativos sancionadores, incluyendo la resolución de los recursos de reposición que, en su caso, puedan formularse, dado que, además, las Administraciones Públicas, tanto con la anterior y ya derogada normativa de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 42.1, aplicable a este caso por una cuestión de vigencia temporal), como con la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 21.1), están obligadas a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación”.

“En definitiva, la falta de previsión sobre las necesidades de personal de un servicio municipal es una circunstancia que no se puede hacer recaer como carga sobre los derechos de la ciudadanía, máxime cuando se da el caso de que es más que conocido el incremento de expedientes sancionadores en determinada época del año y el retraso acumulado es superior a tres años. Se podrá, asimismo, aducir el cumplimiento de las normas de estabilidad financiera y presupuestaria, que evidentemente dificulta en algunas ocasiones el devenir diario de las Administraciones Públicas, singularmente los Ayuntamientos, pero creemos que el retraso acumulado en este caso es impropio de cualquier estándar de buena administración, sin perjuicio de que se deban cumplir normas que limitan el margen de maniobra a la hora de contratar personal” concluye el Defensor..

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