Jueves 12 de septiembre de 2019
La inscripción en el REA es imprescindible para que las empresas puedan ser contratadas o subcontratadas para realizar obras
El Registro de Entidades Acreditadas de la provincia, en el que las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas en obras realizadas en Andalucía deben inscribirse, acumula desde su inicio en junio de 2008 un total de 5.180 inscripciones -el 80% presentadas de manera telemática-, de las que 154 se han registrado durante el primer semestre de este año, periodo en el que, además, 54 empresas han renovado su inscripción, 4 de ellas de carácter transnacional. La inscripción en dicho registro es obligatoria también para las empresas que desplacen a trabajadores extranjeros a España para realizar trabajos en la construcción en la Comunidad Autónoma.
La Junta de Andalucía comenzó a recibir solicitudes de inscripción desde el 23 de junio de 2008, adelantándose al plazo obligatorio de inscripción –el 26 de agosto de 2008-, dando mayor cobertura en Andalucía a la aplicación de la Ley Estatal de Subcontratación en el Sector de la Construcción y ofreciendo a las empresas la oportunidad de iniciar antes los trámites para cumplir con la ley.
Esta norma tiene como objetivo impedir que las empresas no acreditadas puedan subcontratar y evitar así la accidentalidad laboral derivada del abuso de esta práctica, ya que además de certificar en el registro que cuentan con un plan preventivo y formación específica en materia de seguridad y salud laboral, la ley enfrenta una de las principales causas de los accidentes, la precariedad, puesto que ha obligado a que las empresas de la construcción incrementaran su plantilla fija.
Los solicitudes de inscripción están siendo recibidas y tramitadas, en el caso de Almería, en el Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad (C/ Hermanos Machado, nº 4, 7ª planta, Almería), tras presentarlas en registro. Los impresos también pueden conseguirse y cumplimentarse de manera telemática utilizando la firma electrónica a través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/seguridad-salud/tramites-registros/paginas/registro-rea.html).
Entre otros documentos, la solicitud debe venir acompañada de escritura de poder notarial de la empresa u otro medio legal de acreditación similar y de acreditación de la organización y la formación en materia preventiva de los trabajadores y directivos. En el caso de que estas dos últimas hayan sido contratadas con servicios de prevención ajenos, las empresas solicitantes deben utilizar modelos normalizados de certificación para los mismos, que pueden conseguirse en la web de la Consejería.
La orden que regula la creación del Registro de Entidades Acreditadas contempla además la posibilidad de suscribir un convenio de colaboración con las organizaciones empresariales más representativas del sector de la construcción para facilitar la tramitación de las solicitudes de inscripción, variación de datos, renovación o cancelación de inscripciones en el registro.
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