Capital

El Consultivo le dice al Ayuntamiento que no indemnice por una caída

Domingo 15 de diciembre de 2019
Más de 65.000 euros iba a recibir una mujer por el tropiezo con un desnivel “nimio”




El Ayuntamiento de Almería había decidido indemnizar a una mujer por una caída, pero el Consejo Consultivo de Andalucía le ha dicho que no lo haga, ya que carece de fundamento el pago de más de 65.000 euros a la afectada, según el informe al que ha tenido acceso Noticias de Almería.

En concreto, la indemnización solicitada por los daños sufridos por un tropiezo causado por el mal estado del pavimento, asciende a 65.691,37 euros, y aunque la mujer tramitó su petición en el plazo legal, el Consultivo critica la dilación de la respuesta del Ayuntamiento almeriense.

Pero lo más destacado es que se detalla que “las fotografías aportadas por la interesada ponen de relieve que se trata de un desperfecto nimio, de dos centímetros de profundidad y de muy escasa extensión en relación con el contexto, que posibilitaba sin el más mínimo problema el tránsito por el paso de peatones; un paso con una anchura considerable. En este caso, pues, la diligencia que todo viandante ha de observar, antes referida, debería haber permitido a la interesada eludir el desperfecto denunciado.

En ese sentido añaden que “no puede resultar exigible que el pavimento carezca de fisuras menores o esté en perfecto estado en todo el término municipal, como tampoco puede ignorarse que el ciudadano debe observar un deber mínimo de cuidado, es decir, una diligencia que le permita desenvolverse con normalidad en una vía pública, evitando los riesgos socialmente tolerables y acomodando su conducta a la situación de tales espacios”.

En resumen, por las razones que se acaban de exponer, conforme a la doctrina indicada y teniendo en cuenta los elementos de juicio que arroja el expediente, no puede tenerse por acreditada la relación de causalidad entre el “funcionamiento del servicio” y el daño por el que se reclama.

De esta forma, se dictamina desfavorablemente la propuesta de resolución estimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, en el procedimiento tramitado por el Ayuntamiento de Almería, a instancias de la afectada.

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Se da la circunstancia de que lo habitual es que en situaciones similares, el Ayuntamiento se niegue a indemnizar alegando los mismos argumendos que usa el Consultivo, y por tanto, luego éste órgano suele ratificar.


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