El consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, ha remitido una carta a la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, con la propuesta del gobierno andaluz para impulsar la inversión mediante la figura de la colaboración público-privada.
Así lo ha anunciado durante su visita a la Diputación Provincial de Almería, en la que se ha reunido con su presidente, Javier Aureliano García, y ha estado acompañado también por la delegada del gobierno de la Junta en la provincia, Maribel Sánchez.
Se trata de la segunda carta que desde la consejería de Hacienda se remite al ministerio proponiendo al Estado este cambio normativo. La primera se mandó el 13 de abril. Esta nueva carta se envía tras la Conferencia de Presidentes del pasado día 4, “en la que el presidente de la Junta propuso al presidente del Gobierno la necesidad de contribuir al fomento de la colaboración público- privada y el presidente del Gobierno solicitó la propuesta para analizarla y empezar a trabajar de forma conjunta entre ambas administraciones.
Bravo ha subrayado la importancia de esta fórmula “como motor de recuperación y generación de empleo y riqueza”, cuyo impulso “venimos solicitando desde el mes de mayo” al Gobierno central. Y es que “los efectos socioeconómicos de la pandemia del COVID-19 exigen actuaciones contundentes en política económica y la inversión en infraestructuras públicas se revela como uno de los elementos esenciales de recuperación sin presionar las capacidades presupuestarias”, incide el consejero.
Según Bravo, en el contexto actual la colaboración público-privada se configura como “una herramienta clave para el impulso y desarrollo de infraestructuras estratégicas, pero para su empuje y promoción es vital resolver determinadas deficiencias identificadas que tiene el sistema de colaboración público-privada en España, y que afectan a todas las fases del ciclo de su preparación, contratación, ejecución y finalización de contratos”.
Así, desde la Junta de Andalucía se solicita al Gobierno de España, a través de esta misiva, la modificación de la regulación establecida en la normativa sobre desindexación de la economía española, vinculada a la Ley de Contratos del Sector Público, y que “actualmente constituye en la práctica un obstáculo para el impulso, desarrollo y realización de contratos de concesión en un momento tan importante”.
En el documento se explica que la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público regula la duración de los contratos, que se calcula en función de las obras y servicios que constituyan su objeto. Si el contrato sobrepasara el plazo de 5 años, la duración máxima no podrá exceder del tiempo que se calcule razonable para que el concesionario recupere las inversiones realizadas, junto con un rendimiento sobre el capital invertido, teniendo en cuenta las inversiones necesarias para alcanzar los objetivos contractuales, sin que el contrato de concesión de obras pueda exceder el plazo de 40 años, o 25 años el de servicios.
La carta refleja que el RD 55/2017 de 3 de febrero, que desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española en su artículo 10 determina el periodo de recuperación de la inversión, estableciendo el parámetro de "rentabilidad razonable del proyecto", en el rendimiento medio en el mercado secundario de la deuda del Estado a 10 años más un diferencial de 200 puntos básicos (aprox.