Para cubrir los puestos se habilitó un teléfono que recibió 160 llamadas por minuto
La Junta de Andalucía llamó a 526 almerienses que estaban en la bolsa de trabajo de la administración para ofrecerles trabajar en el servicio de vigilancia de las playas con motivo de la pandemia del covid-19 este pasado verano, pero de ellos solo 56 aceptaron el empleo.
Ese es uno de los datos del informe de balance del Plan de Empleo para Playas Seguras 2020 al que ha tenido acceso Noticias de Almería sobre aquellos contratos que, según denunció el PSOE, sirvió para “enchufar” a más de 3.000 andaluces vinculados al Partido Popular y Ciudadanos, aunque dieron menos media docena de nombres.
En Almería, se han contratado 660 vigilantes, de los cuales en la Bolsa de laborales del Grupo V de Personal de Servicios Generales había 526, y 96 para puestos de Vigilantes. De éstos, después del anuncio publicado el 4 de junio de 2020, y los llamamientos han sido por teléfono a las 526 personas de la bolsa, como hemos indicado, solo el 10,6% respondió afirmativamente.
Para el resto de las plazas se publicaron anuncios en la Web del Empleado Público, y eso, en el caso almeriense, fue el 5 de junio de 2020, desde las 10:16 horas hasta las 11:59 horas, y fueron recibidas 16.410 llamadas, lo que supone 160 al minuto.
Pero es también llamativo que de los 690 contratos realizados inicialmente, 25 acabaron en renuncia entre el personal de Grupo V, y ninguno en el grupo III.
Hay que recordar que no fue la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Junta de Andalucía la encargada de llevar a cabo la selección, sino que ha sido un acto de gestión de las Delegaciones del Gobierno, las cuales han ido realizando la cobertura de las vacantes en el mismo momento que se ha producido, conforme al riguroso orden de llegada de los correos electrónicos, previa comprobación de las titulaciones y requisitos exigidos.
En relación con el personal seleccionado por provincia, así como las renuncias presentadas a posterior, debe tenerse en cuenta que la información relativa al personal contratado y las renuncias efectuadas es información que no es fija, y que está sujeta a ulteriores modificaciones. Sin embargo, cabe destacar la gran cantidad de inconvenientes con los que las Delegaciones del Gobierno se han encontrado a la hora de completar las contrataciones previstas, sobre todo por motivo de las exclusiones que han debido realizarse y por las renuncias presentadas por algunos de los solicitantes, siendo la casuística muy variada:
– Personas que no aportan la documentación requerida en el anuncio con carácter previo.
– Personas que han sido contratadas, pero que no han acudido a recoger el equipo.
– Personas que han presentado renuncia formal.
– Personas que manifiestan su deseo de desistir telefónicamente, cuando se intenta contactar con ellas.
– Personas que contactan con la Sección de personal para manifestar que no se van a incorporar.
– Personas que contactan con el Servicio de Protección Civil con el mismo propósito.
– Personas que no responden a las llamadas de la Administración.
Las contrataciones efectuaron en las cinco provincias costeras de nuestra Comunidad (Almería, Cádiz, Huelva, Granada y Málaga), siendo 3.004 el número total de plazas a cubrir con personal laboral temporal incluido en el ámbito del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de Junta de Andalucía, incluido en el Grupo V, y perteneciente a la categoría Personal de Servicios Generales, puesto Vigilante, a las que se suman 10 plazas de operadores de protección civil (2 por provincia, integradas en el Grupo III), dependientes de las correspondientes Delegaciones del Gobierno y previstas para realizar la labores de programación, coordinación y supervisión del personal anteriormente citado.
El Decreto-ley 14/2020, de 26 de mayo, establece en su artículo 4 la regulación de la dotación de recursos destinados al uso seguro de las playas con motivo del COVID-19, disponiendo que la Administración de la Junta de Andalucía, con el fin de facilitar el cumplimiento de las condiciones para el uso de las playas previstas en el artículo 46 de la Orden del Ministerio de Sanidad SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, y de conformidad con lo previsto en el artículo 83 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, podrá suscribir convenios que tengan por objeto la prestación, por su personal, de los servicios necesarios para colaborar y asistir a los Ayuntamientos de los municipios costeros de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el adecuado desarrollo y ejecución del plan de contingencia ante el COVID-19, previsto en la disposición transitoria primera del Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes y extraordinarias relativas a la seguridad en las playas, medidas administrativas en el ámbito educativo, y otras medidas complementarias ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), así como la dotación de bienes o elementos de protección civil para su uso por la entidad local en el ejercicio de competencias relacionadas con el Capítulo I del citado decreto-ley.
Y en el apartado 2 de dicho precepto se concreta que las necesidades de efectivos que en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades de su sector público, sean precisas para garantizar el adecuado cumplimiento y ejecución de los Convenios a que se refiere este artículo podrán cubrirse mediante la contratación de personal laboral temporal de conformidad con el procedimiento previsto en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 13 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo.
Conforme al contexto normativo y de emergencia sanitaria descrito, las contrataciones de personal laboral temporal efectuadas en aplicación del Decreto-ley 14/2020, de 26 de mayo, por el que se establecen diversas medidas de reactivación del sector de la hostelería, restauración, ocio y esparcimiento, así como de apoyo a las Entidades Locales para contribuir a la apertura de playas, se han realizado con sujeción a los procedimientos de emergencia previstos en el artículo 13 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, y con respeto a las bases contenidas en la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
De este modo, en el marco del Plan de Empleo para Playas Seguras 2020 y dada la urgencia con la que había de producirse la incorporación efectiva de este personal a sus respectivos puestos de trabajo, resultaba absolutamente necesario acudir al procedimiento de emergencia establecido en la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.