Economía

Una ley española permite cancelar hasta cinco millones de euros de deuda, ¿cómo funciona?

Lunes 28 de junio de 2021
Su nombre es Ley de Segunda Oportunidad y llegó al sistema jurídico español en el año 2015. Está ayudando a multitud de personas a superar la crisis provocada por la pandemia

¿Cuántas personas soñarían con tener una segunda oportunidad después de haber puesto en marcha un proyecto personal y haber fracasado? A quién no le gustaría regresar al pasado y poder cambiar alguna de las decisiones tomadas para, conociendo ya el desenlace, escoger la opción correcta. Desgraciadamente esta última opción aún no es posible, al menos de momento, pero sí existe la posibilidad de levantarse de un ‘tortazo’ personal y económico y poder empezar de nuevo.

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Y es que no pasa nada por hablar del fracaso. La vida no siempre es de color de rosa y las cosas no van según se idean. El esfuerzo, la dedicación y el tiempo invertido por parte de un emprendedor, de un autónomo o de un empresario se pueden ir al garete en cualquier momento si vienen mal dadas. Y lo cierto es que cuesta recordar una situación donde hayan venido peor dadas que en los últimos meses.

¿Y entonces qué? Evidentemente a ningún gestor le gusta sentarse delante de una mesa, repasar las facturas, los ingresos y el dinero disponible en caja y comprobar que no hay ningún atisbo de prosperidad en ningún papel. Déficits, pérdidas, personas que despedir, persianas que bajar y negocios, concebidos para despertar alegrías y bonanza, que no hacen más que dar rienda suelta a sentimientos como la rabia, el estrés y la ansiedad.

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Llegados a este punto no hay nada mejor que asumir la realidad y obrar con responsabilidad. Emprender una huida hacia adelante y sobreendeudarse aún más pidiendo otro crédito o préstamo rápido no es sino prolongar la agonía, especialmente si la situación ya es crítica. Es aquí donde hay que empezar a buscar soluciones y ninguna está siendo tan útil para los afectados como la Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad, más conocida como Ley de Segunda Oportunidad.

¿Cómo funciona este mecanismo?

Si es la primera vez que escuchan el nombre de esta ley, pero por desgracia la situación descrita con anterioridad les resulta familiar, han de saber que la Ley de Segunda Oportunidad permite a aquellos deudores que hayan contraído sus deudas desde la buena fe (un principio general del derecho que prueba la honradez de los solicitantes) lograr el perdón de todas y cada una de sus deudas. Siempre y cuando, atención, estas sean menores de cinco millones de euros. Casi nada.

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Por razones obvias, este mecanismo ha cobrado un protagonismo mayúsculo a raíz de la pandemia y el aluvión de solicitudes de personas que desean reiniciar su situación económica y empezar de cero es una realidad.

Básicamente, este mecanismo consta de tres fases. Una primera que podría denominarse como documental, donde se realiza un análisis del perfil del solicitante y se estudia si puede acceder a los beneficios de esta ley. También se aprovechará este momento para tratar de acreditar al máximo el estado de insolvencia del interesado y reunir la documentación pertinente para presentar la solicitud.

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Superado este capítulo, llegará el momento de la segunda fase, la de mediación. En este momento se nombrará un mediador concursal y se celebrará un intento de acuerdo entre deudor y acreedores llamado acuerdo extrajudicial de pagos. Esta opción es sumamente interesante en el caso de que el deudor quiera retener la propiedad de alguno de sus bienes, como por ejemplo pudiera ser una vivienda o bien inmueble.

En esta fase se presentará un plan de pagos que sea acorde a la realidad económica del deudor, con una quita importante de la deuda (generalmente superior al 75%), y una propuesta de mensualidades que debería abonar el solicitante. Y es en este punto donde puede ya finalizar el proceso, si es que se llega a un acuerdo, aunque esto no es lo más habitual, ya que la gran mayoría de deudores se encuentran en tal estado de insolvencia que no pueden presentar un plan de pagos realista. Tocaría acudir a la tercera y definitiva fase, la judicial.

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Sobre la fase judicial, en realidad, hay poco que apuntar. Resumiendo brevemente, está dirigida a solicitar ante el Juzgado la exoneración (cancelación) de toda la deuda. Será el Juez quien confirme mediante sentencia judicial la cancelación total de la deuda. Tocaría literalmente empezar de cero. Pero ese era el objetivo, ¿no? Tener una segunda oportunidad.


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