Sucesos

Confirman la condena al patrón de una patera por no probar que también pretendían migrar

Sábado 25 de marzo de 2023

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cuatro años de cárcel impuesta al capitán y su asistente de una patera, ya que no pudieron demostrar que también tenían la intención de migrar a España. Si hubieran podido probarlo, podrían haber recibido una pena menos severa por el delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

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En marzo del año pasado, la Audiencia Provincial de Almería sentenció a cuatro años de prisión al patrón de una patera que cobró dinero a 21 personas por un viaje desde Argelia hasta España en una embarcación. La Guardia Civil interceptó la patera y el acusado fue condenado por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros agravado, ya que se puso en peligro la vida de los pasajeros. Los magistrados explicaron que la pena puede ser reducida si hay un vínculo familiar entre el autor del delito y los pasajeros, o si se demuestra que el acusado pilotó la patera para pagar su propio transporte para una inmigración irregular, siempre y cuando el riesgo de la travesía no fuera excesivamente alto.

El tribunal ha afirmado que los hombres no han proporcionado ninguna identificación o acreditación de los casos mencionados para justificar una reducción de la pena de prisión. Aunque los hombres afirmaron que su plan también incluía inmigrar debido a las condiciones socioeconómicas de su país de origen, no presentaron pruebas al respecto.

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La Sala de lo Penal ha emitido una sentencia en la que se detalla que en julio de 2021, el servicio provincial marítimo de la Guardia Civil encontró una "embarcación de fibra" con 13 inmigrantes argelinos indocumentados a bordo. La embarcación era demasiado pequeña para transportar a todos los pasajeros y estaba siendo patroneada por uno de los acusados y guiada por el otro.

El magistrado Javier Hernández ha sido el encargado de redactar la resolución en la que se indica que los acusados colaboraron con el resto de personas que viajaban en la patera, a quienes les exigieron entre 2.000 y 5.000 euros por llevarlos a las costas españolas. Según se ha comprobado, el trayecto se realizó principalmente durante la noche y en una embarcación que carecía de medidas de seguridad y no era adecuada para un viaje desde África.

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Dos hombres fueron condenados por la Audiencia Provincial de Almería a cuatro años y dos meses de prisión cada uno, por un delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros. Los acusados presentaron una apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, donde se les redujo la pena a cuatro años para cada uno.

Ambos hombres no estuvieron de acuerdo con la decisión tomada y presentaron su caso ante el Tribunal Supremo. Afirmaron que se había violado su derecho a la presunción de inocencia y que se había cometido un error en la evaluación de las pruebas presentadas durante el juicio. Además, destacaron que los testimonios de los testigos protegidos tenían "significativas contradicciones", hubo errores en la traducción y la calidad de la grabación era "inaudible".

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La Sala de lo Penal ha rechazado los argumentos presentados en 17 folios y ha respaldado la "fiabilidad" de los testigos. Además, han afirmado que no encuentran "falta de pruebas o justificación insuficiente" en las conclusiones del tribunal que dictó la sentencia.

Los condenados argumentaron que eran jóvenes y no tenían antecedentes penales, y también querían emigrar a España. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó esta afirmación al considerar que no se pudo probar su intención de migrar a España. Además, recordaron que la sentencia anterior declaró que la embarcación carecía de medidas de seguridad, lo que puso en riesgo la vida de los ocupantes. A pesar de esto, los condenados no fueron identificados como parte de ninguna organización criminal ni recibieron dinero por parte de otros ocupantes de la embarcación.

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El 20 de julio de 2021, una patrullera de la Guardia Civil interceptó una embarcación en el mar con 22 ocupantes a bordo. La embarcación no estaba preparada para realizar un trayecto de 92 millas náuticas ni para soportar las condiciones climáticas del día, ya que su capacidad máxima era para "seis o siete" personas.

La patera llevaba siete garrafas de gasolina, lo que aumentaba su peso y representaba un gran peligro en caso de incendio o deflagración debido a la volatilidad de la sustancia, el modo de repostaje en movimiento y la velocidad a la que viajaban.

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Los que iban en la patera no tenían herramientas de navegación, rescate, prevención de incendios, drenaje o comunicación por radio. Tampoco tenían comida, suministros ni chalecos salvavidas, que son elementos esenciales en caso de un naufragio.

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