La Junta de Andalucía le ordenó en 2014 al propietario del Castillo de San Pedro, un Bien de Interés Cultural situado en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar, que realizara obras de emergencia para conservar el inmueble. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería ha estimado el recurso del dueño y ha dictaminado que no está obligado a hacer ni a pagar las obras, cuyo coste real supera el 50% del valor del castillo. La sentencia cuestiona el informe técnico de la Consejería de Cultura y reprocha la desidia tanto del propietario como de la administración.
El Castillo de San Pedro, una fortificación del siglo XVIII ubicada en el acceso a la cala de San Pedro del parque natural de Cabo de Gata-Níjar, lleva años en un estado de deterioro que pone en riesgo su conservación y su seguridad. El inmueble, declarado como Bien de Interés Cultural (BIC) en 1985, es propiedad de Daniel Navarro, quien lo adquirió en 2007 por 1,8 millones de euros.
En 2014, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía le ordenó al dueño que ejecutara unas obras prioritarias para consolidar la estructura del castillo, retirar los elementos añadidos y reforzar la cimentación. Según la administración autonómica, el coste de estas obras era de 96.980,24 euros, una cantidad que no superaba el 50% del valor del bien, que era el límite legal al que estaba obligado el propietario.
Sin embargo, el dueño recurrió esta orden ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería, alegando que el valor real del castillo era mucho menor y que las obras necesarias eran más costosas y complejas. Además, afirmó que el estado ruinoso del inmueble era imputable a la Junta, que no había ejercido su deber de vigilancia ni había realizado ninguna actuación durante los años anteriores.
Ahora, el juzgado le ha dado la razón al propietario y ha anulado la resolución de la Junta. La sentencia, dictada el 12 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, se basa en una pericial judicial que valora el castillo en 1,1 millones de euros y estima que solo queda en pie un 28,8% del inmueble. A partir de estos datos, el fallo concluye que el coste real de las obras prioritarias asciende a 251.326,87 euros, una cifra que excede el mínimo legal del 50% al que está obligado el dueño.
La magistrada también cuestiona el informe técnico de la Consejería de Cultura, al que califica de "vago y genérico", y señala varias contradicciones e imprecisiones en las valoraciones económicas y las medidas propuestas. Asimismo, reprocha tanto al propietario como a la administración su "desidia" y su falta de interés por conservar el patrimonio histórico.
La sentencia no se pronuncia sobre si corresponde a la Junta realizar las obras de emergencia en el castillo, ya que no fue objeto de la demanda ni se solicitó en la vía administrativa. No obstante, advierte de que se trata de un BIC que requiere una intervención urgente para evitar su pérdida definitiva.