La Secretaría General de Pesca ha publicado el censo actualizado de las embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional de artes menores en la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, que entrará en vigor desde la fecha de publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2025.
En cuanto a las de cerco, son 9, de las que 7 tienen base en Almería y 2 en Carboneras.
Según la resolución, solo 19 embarcaciones podrán faenar en el ámbito de la reserva, de las cuales 12 tienen puerto base en Almería y 7 en Carboneras. El censo se ha elaborado teniendo en cuenta los criterios establecidos en la Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, y se define su delimitación y usos permitidos.
La resolución también establece la contingentación del censo en un máximo de 34 embarcaciones, cuya potencia total conjunta máxima sea de 936CV, el T.R.B. máximo conjunto máximo sea de 95,50, y las GTs máximas conjuntas sean de 77,71 GT3. Asimismo, se especifican las causas y las condiciones para la exclusión, la inclusión o la reactivación de las embarcaciones en el censo.
La reserva marina de Cabo de Gata-Níjar es una zona de especial protección de los recursos pesqueros, que abarca una superficie de 46,1 km2 y que alberga una gran diversidad de especies y hábitats marinos. Su gestión tiene como objetivo garantizar la conservación de los ecosistemas y la sostenibilidad de la actividad pesquera.