El Pleno del Ayuntamiento de Almería ha aprobado, por unanimidad, el proyecto de Ordenanza Reguladora de la Integración Urbana de las Instalaciones de Cableado y Elementos Eléctricos y de Telecomunicaciones en la ciudad de Almería. La ordenanza, consensuada por todos los grupos políticos, busca garantizar la integración arquitectónica, urbana, y paisajística de las instalaciones de cableado eléctricas y de telecomunicaciones en la ciudad.
La ordenanza, que se somete ahora a exposición pública para la presentación de alegaciones, tiene como objetivo principal preservar el paisaje arquitectónico urbano y minimizar el impacto visual y espacial de estas instalaciones en el término municipal de Almería. La concejala de Urbanismo y Vivienda, Eloísa Cabrera, ha agradecido el trabajo y aportaciones de todos los grupos políticos y funcionarios municipales en la elaboración de esta ordenanza.
La ordenanza regula las condiciones urbanísticas y medioambientales de localización, instalación y funcionamiento de las instalaciones de cableado eléctricas y de telecomunicaciones, tanto nuevas como existentes, en la totalidad del término municipal de Almería. El objetivo es compatibilizar la implantación de estas instalaciones con el uso común de las vías, espacios públicos y fincas particulares, y producir el mínimo impacto desde el punto de vista espacial y visual.
La nueva ordenanza presentada incluye seis artículos, una disposición adicional y una final. Destaca el apartado sobre la integración paisajística y las condiciones de instalación de elementos (artículo 4).
El documento estipula que la ubicación de líneas eléctricas y redes de comunicación debe armonizar con la estética urbana y, de ser posible, optar por la canalización subterránea.
Cuando no se disponga de canalizaciones subterráneas o su uso no sea viable por motivos técnicos, los operadores podrán realizar instalaciones aéreas, siguiendo las existentes, según lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones.
Las canalizaciones eléctricas se llevarán a cabo en terrenos públicos, bajo aceras o calzadas, preferiblemente bajo las aceras.
El cableado que transcurra por fachadas se colocará dentro de bandejas o canaletas aislantes, que serán del color de la fachada y contarán con tapa desmontable si son cerradas.
Los despliegues aéreos y en fachadas solo se permitirán en casos justificados, como en edificaciones histórico-artísticas catalogadas como bien de interés cultural o cuando afecten la seguridad pública, conforme a la Ley General de Telecomunicaciones.
Los cruces aéreos de calles se soterrarán y se retirará el cableado de fachadas que ya no presten servicio a los clientes, acción a cargo de las compañías proveedoras.