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Cables aéreos de calles serán soterrados según nueva ordenanza en Almería

Cables que cruzan de un edificio a otro y hacen una visión fea de la ciudad y de las calles y sus edificios (Foto: DALL·E ai art).

La ordenanza, que se somete ahora a exposición pública para la presentación de alegaciones, tiene como objetivo principal preservar el paisaje arquitectónico urbano y minimizar el impacto visual y espacial

Lunes 13 de mayo de 2024

El Pleno del Ayuntamiento de Almería ha aprobado, por unanimidad, el proyecto de Ordenanza Reguladora de la Integración Urbana de las Instalaciones de Cableado y Elementos Eléctricos y de Telecomunicaciones en la ciudad de Almería. La ordenanza, consensuada por todos los grupos políticos, busca garantizar la integración arquitectónica, urbana, y paisajística de las instalaciones de cableado eléctricas y de telecomunicaciones en la ciudad.

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La ordenanza, que se somete ahora a exposición pública para la presentación de alegaciones, tiene como objetivo principal preservar el paisaje arquitectónico urbano y minimizar el impacto visual y espacial de estas instalaciones en el término municipal de Almería. La concejala de Urbanismo y Vivienda, Eloísa Cabrera, ha agradecido el trabajo y aportaciones de todos los grupos políticos y funcionarios municipales en la elaboración de esta ordenanza.

La ordenanza regula las condiciones urbanísticas y medioambientales de localización, instalación y funcionamiento de las instalaciones de cableado eléctricas y de telecomunicaciones, tanto nuevas como existentes, en la totalidad del término municipal de Almería. El objetivo es compatibilizar la implantación de estas instalaciones con el uso común de las vías, espacios públicos y fincas particulares, y producir el mínimo impacto desde el punto de vista espacial y visual.

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La nueva ordenanza presentada incluye seis artículos, una disposición adicional y una final. Destaca el apartado sobre la integración paisajística y las condiciones de instalación de elementos (artículo 4).

El documento estipula que la ubicación de líneas eléctricas y redes de comunicación debe armonizar con la estética urbana y, de ser posible, optar por la canalización subterránea.

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Cuando no se disponga de canalizaciones subterráneas o su uso no sea viable por motivos técnicos, los operadores podrán realizar instalaciones aéreas, siguiendo las existentes, según lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones.

Las canalizaciones eléctricas se llevarán a cabo en terrenos públicos, bajo aceras o calzadas, preferiblemente bajo las aceras.

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El cableado que transcurra por fachadas se colocará dentro de bandejas o canaletas aislantes, que serán del color de la fachada y contarán con tapa desmontable si son cerradas.

Los despliegues aéreos y en fachadas solo se permitirán en casos justificados, como en edificaciones histórico-artísticas catalogadas como bien de interés cultural o cuando afecten la seguridad pública, conforme a la Ley General de Telecomunicaciones.

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Los cruces aéreos de calles se soterrarán y se retirará el cableado de fachadas que ya no presten servicio a los clientes, acción a cargo de las compañías proveedoras.

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