El Ayuntamiento de Almería ha aprobado definitivamente, con los votos favorables de PP y Psoe y las abstenciones de Vox y Podemos-IU-Verdes por Almería, el Reglamento del funcionamiento de la Unidad Aceleradora de Proyectos (UAP), resolviendo desfavorablemente las alegaciones presentadas al documento inicial por ASEMPAL y Vox.
Este nuevo órgano colegiado, adscrito a la Gerencia Municipal de Urbanismo, siguiendo la línea implantada en otras administraciones, se crea con el objetivo de agilizar proyectos estratégicos y atraer más inversiones a la ciudad, estableciendo un marco de tramitación preferente y de agilización administrativa para proyectos o determinadas actividades económicas que, por su singular incidencia cualitativa o cuantitativa, sean consideradas de interés estratégico colectivo.
La concejal de Urbanismo y Vivienda, Eloísa Cabrera, la Unidad Aceleradora es una “oportunidad” y su creación se realiza en “sintonía” con otras administraciones y grandes ciudades. “Almería tiene que aspirar a lo máximo, a grandes y pequeños proyectos, y esta Unidad viene a responder al propósito municipal de atraer inversiones y simplificar, en la medida que sea posible, los trámites burocráticos”, ha expuesto la edil.
El Reglamento aprobado, paso previo a la puesta en funcionamiento de este órgano, concebido como instrumento que sirve para potenciar las inversiones empresariales, favorecer el emprendimiento, el crecimiento económico y la creación de empleo, viene a regular la composición y régimen de funcionamiento de la Unidad Aceleradora de Proyectos del Ayuntamiento de Almería, así como el régimen de selección de aquellos proyectos que, por su especial impacto cualitativo o cuantitativo en la economía local, vayan a ser canalizados a través de ella.
La UAP podrá declarar como Proyectos de Interés Estratégico para el municipio de Almería aquellas iniciativas empresariales tanto de primera implantación como de ampliación o mejora de actividades productivas existentes que se desarrollen en su término municipal, que sean coherentes con el desarrollo económico, social y/o territorial del municipio de Almería y que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
a) Que supongan la generación de quince o más puestos de trabajo con contrato indefinido a jornada completa o equivalentes.
b) Que impliquen una inversión en términos de Presupuesto de Ejecución Material superior a un millón y medio de euros, salvo para las instalaciones de producción de energía.
c) Para las instalaciones energéticas, la inversión en activos fijos debe ser superior a diez millones de euros En el caso de que el proyecto cumpla únicamente con los requisitos de los apartados b) y c), se deberá acreditar el suficiente impacto en la economía local en base a la contratación de suministros, proveedores, servicios o mantenimiento del empleo, entre otros.
Excepcionalmente, podrán declararse como Proyecto de Interés Estratégico otros proyectos de inversión que aun no cumpliendo con los requisitos anteriores, incidan en la mejora del modelo productivo almeriense o a la diversificación de la economía por, entre otras características, su contribución a la transición digital o ecológica, por su inversión en I+D+I, por su valor añadido, por su naturaleza de proyectos tractores en la cadena de valor, por la calidad del empleo u otras características singulares. También, de forma excepcional, podrán declararse Proyecto de Interés Estratégico proyectos de carácter residencial situados en el Conjunto Histórico declarado BIC que contribuyan de forma notable a la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Solicitud de declaración de Proyecto de Interés Estratégico
Los promotores de proyectos empresariales que reúnan los requisitos indicados anteriormente y que estén interesados en obtener la declaración de Proyecto de Interés deberán presentar una solicitud al Ayuntamiento de Almería en la que se indique:
a) Entidades o personas promotoras del proyecto, incluyendo todos los datos necesarios para su plena identificación, incluyendo su trayectoria y experiencia empresarial.
b) Características del proyecto, justificando su ubicación y características básicas, así como los aspectos que, según lo establecido en el artículo anterior, hagan posible su declaración como Proyecto de Interés Estratégico. c) Estudio específico sobre la generación de empleo.
d) Descripción del impacto económico, social, medioambiental y sobre la vertebración territorial del proyecto.
Si la solicitud y la documentación que la acompaña no estuvieran completas, a requerimiento de la UAP se efectuará requerimiento de conformidad con la legislación en materia de procedimiento administrativo común. Dicho requerimiento se efectuará en un plazo máximo de diez (10) días desde la entrada de la solicitud por Registro.
Una vez que la solicitud reúna los requisitos establecidos en el artículo anterior, la UAP dispondrá de un plazo máximo de un (1) mes para evaluar la declaración de la actuación como Proyecto de Interés Estratégico, debiendo emitir informe a tal respecto. Una vez emitido el correspondiente informe, el mismo será notificado a los interesados en un plazo máximo de diez (10) días, otorgándole un plazo de recurso según la regulación en materia de procedimiento administrativo para que puedan alegar aquello que estimen conveniente. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones se tendrá por realizado el trámite. Transcurrido el plazo de audiencia, la UAP elevará en el plazo de diez (10) días su propuesta definitiva de resolución a la Alcaldía.
Los proyectos empresariales declarados como Proyecto de Interés Estratégico tendrán un impulso preferente y urgente ante la administración municipal, sin perjuicio de los derechos generales del conjunto de la ciudadanía, que deberán ser respetados. Los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos que afecten a Proyectos de Interés Estratégico se reducirán a la mitad conforme a lo establecido en la legislación en materia de procedimiento administrativo común, tanto en aquello que afecte a la ejecución de obras como a cualquier trámite necesario para la apertura o funcionamiento de la actividad.
Una vez que una actuación haya sido declarada como Proyecto de Interés Estratégico, la UAP prestará asistencia y asesoramiento a las personas o entidades promotoras sobre todos los trámites necesarios para la efectiva puesta en marcha y ejecución del proyecto. El Proyecto de Interés Estratégico deberá ejecutarse de conformidad con la solicitud de sujeción aprobada, especialmente en lo relativo a los plazos, volumen de inversión y empleo, así como resto de obligaciones impuestas por el Ayuntamiento de Almería, quedando afecta la declaración al cumplimiento de todos estos aspectos.
Además de lo anterior, en la sesión ordinaria del Pleno celebrado hoy por la corporación se ha aprobado también declarar de interés público o social y aprobar las actuaciones extraordinarias, promovidas por las mercantiles ‘Hortalizas Diosur’, ‘Aranda Rosillo S.L.’ y ‘Méndez García e Hijos’, para la ampliación de un centro de manipulación y comercialización de productos hortofrutícolas, la implantación de un centro de almacenaje y manipulación hortofrutícola y actividades complementarios y la construcción de una nave de almacenamiento y venta de productos fitosanitarios y agrícolas, respectivamente. Los proyectos supondrán una inversión de más de dos millones de euros.