Sucesos

Condenado un maestro de Tantra por abusos sexuales en Enix

Su centro se llamaba "Fuego sagrado" y son tres mujeres las víctimas

Ana Rodríguez | Martes 17 de diciembre de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de Andreas W., un psicoterapeuta y maestro de Tantra Tradicional, por múltiples delitos de abusos sexuales cometidos en su centro "Ashran de Fuego Sagrado" en Enix, Almería. Este caso ha levantado una considerable atención pública, destacando la necesidad de una regulación más estricta para proteger a quienes buscan ayuda psicológica.

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Entre 2014 y 2015, Andreas W. perpetró abusos sexuales contra tres mujeres: M.M.V., A.I.A.R., y M.H.V., quienes acudieron a él en busca de apoyo psicológico debido a problemas de autoestima y vulnerabilidad emocional. La sentencia describe cómo Andreas W. se aprovechó de la fragilidad emocional de estas mujeres para satisfacer sus deseos sexuales durante las sesiones de terapia en su vivienda, adyacente al centro de meditación.

Detalles de los Abusos

  • M.M.V. asistió a seis sesiones en las que Andreas W. la obligó a sentarse sobre él, le introdujo los dedos en la vagina y la hizo bailar desnuda con los ojos vendados antes de besarla en los labios.
  • A.I.A.R. participó en un retiro durante el cual Andreas W. la llevó a su vivienda y le realizó tocamientos en el pecho y la vulva.
  • M.H.V. asistió a un curso individual donde Andreas W. le hizo tocamientos en el pecho y los genitales mientras estaba tumbada en una alfombra.

Condena y apelación

En noviembre de 2023, la Audiencia Provincial de Almería condenó a Andreas W. a varias penas de prisión: nueve meses por cada delito cometido contra A.I.A.R. y M.H.V., y tres años por el delito agravado contra M.M.V. Además, se le impuso una prohibición de acercarse a las víctimas y la obligación de indemnizarlas con un total de 31,000 euros.

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La defensa de Andreas W. presentó un recurso de apelación alegando varios puntos:

  • Nulidad de actuaciones por infracción del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
  • Error en la valoración de las pruebas y vulneración de la presunción de inocencia.
  • Indebida aplicación de atenuantes y agravantes del Código Penal.

Argumentos del Tribunal

El TSJA desestimó todos los motivos del recurso con base en los siguientes puntos:

  • Procedimiento Legal: Aunque hubo retrasos en la instrucción del caso, estos no afectaron la validez de las pruebas presentadas.
  • Pruebas Suficientes: Las declaraciones de las víctimas fueron coherentes y verosímiles, sin indicios de motivos espurios o vengativos.
  • Aplicación de Atenuantes: Las dilaciones indebidas y la reparación del daño no justificaban una reducción adicional de las penas, dado el severo daño moral infligido a las víctimas.
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    La sentencia del TSJA ratifica la gravedad de los actos cometidos por Andreas W. y subraya la importancia de proteger a las personas en situación de vulnerabilidad.

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