Almería

Encuentro de operadores jurídicos laboralistas en la EMMA

Rafael Leopoldo Aguilera | Jueves 16 de enero de 2025

En la Escuela Municipal de Música y Arte del Ayuntamiento de Almería, a las 16:30 horas, comenzó el II Tribuna Laboral organizada por el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería, presidido por María del Mar Ayala Andújar, en el que han dado cita más de un centenar de juristas laboralistas en este encuentro cuyo objetivo lleva consigo la actualización de conocimientos normativos, su aplicación práctica y las diferentes interpretaciones que sobre estos textos legales realizan los Tribunales de Justicia de la Unión Europea y españoles, especialmente, el Tribunal Supremo y los Tribunales Superiores de Justicia en las correspondientes comunidades autónomas.

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Con la presencia en la mesa presidencial del coordinador de esta tribuna jurídica, Diego Capel Ramírez, la vocal de formación del colegio profesional, María del Carmen Ríos Sánchez y la presidenta, María del Mar Ayala Andújar, dieron paso al ponente Ignasi Beltrán de Heredia Ruiz, Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), el cual ha versado con pulida didáctica académica sobre las novedades en el despido despedido disciplinario y la indemnización adicional en el despido improcedente y la audiencia previa.

Ignasi Beltrán de Heredia hizo saber a los presentes de la STS 19 de diciembre 2024 (rec. 2961/2023), dictada en Pleno (por unanimidad) ha dictaminado que la indemnización legal tasada por despido improcedente prevista en el art. 56.1 ET no puede verse incrementada en vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas del caso, sin que ello suponga una vulneración del art. 10 del Convenio núm. 158 de la OIT; en el que tan solo se indica que la indemnización sea adecuada, siendo el legislador nacional el que la ha determinado en el citado art. 56.1 ET.

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Asimismo, expresó que, en virtud de los arts. 96.1 CE y art. 23.3 Ley 25/2014, los Convenios de la OIT que hayan sido ratificados por España han pasado a ser Derecho interno. Recogiendo el criterio de la STC 87/2019, «Una vez publicados, forman parte del ordenamiento interno y vincula a particulares y poderes públicos, de forma que el Estado debe “respetar las obligaciones” asumidas por España en los tratados internacionales y “velar” por su adecuado cumplimiento». Expuso que, respecto a la STSJ Baleares 13 de febrero 2023 (rec. 454/2022) («El despido disciplinario sin audiencia previa del trabajador afectado es improcedente ex art. 7 Convenio 158 OIT (STSJ Baleares 13/2/23) «), la necesidad de llevar a cabo la audiencia previa es díficilmente eludible (salvo que no pueda pedirse razonablemente al empleador que conceda esta posibilidad», ex art. 7 C158).

Tras un receso, dio comienzo al análisis y debate de sentencias dictadas por el Juzgado de lo Social de Almería, Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Tribunal Supremo y Europeo, con la presencia de Diego Zafra Mata -Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 1- y Beatriz Pérez Heredia – Magistrada de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla-, los cuales expusieron algunas notas sobre los impactos de la jurisprudencia social a casos planteados por el foro para su deliberación y valoración jurídica.

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Entre los presentes destacar al Fiscal y colegiado de Honor Fernando Brea Serra, la directora provincial del INSS Rosa María Serrano Rueda, la directora de la TGSS Ana Belén López Peña, así como diputados de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Abogados de Almería. El próximo encuentro jurídico se llevará a cabo el día 20 de febrero.

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