ANDALUCÍA

Audiencia de Sevilla rechaza aclarar auto sobre nuevo tribunal para los ERE

La Audiencia de Sevilla mantiene su decisión sobre la composición del tribunal para el caso ERE, desestimando las dudas planteadas por el PP

Lola Benavides | Viernes 24 de enero de 2025

La Audiencia de Sevilla ha decidido no aceptar la solicitud del PP andaluz para aclarar el auto que establece la formación de un tribunal "ampliado" compuesto por cinco magistrados, encargado de emitir nuevas sentencias en relación con el proceso de financiación de expedientes en el caso ERE.

[publicidad:866]

Este pronunciamiento se encuentra reflejado en un auto reciente emitido por la Sección Primera de la Audiencia, el cual fue dado a conocer por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Detalles sobre la petición del PP

El PP argumentó dos razones principales para su solicitud. En primer lugar, buscaba aclarar si el llamamiento al tribunal respondía únicamente a una decisión del presidente de la Sección Primera o si contaba con el consenso de todos o la mayoría de los magistrados. Esto era relevante para evitar posibles vicios en la validez de la composición del tribunal, ya que el acuerdo previo se tomó cuando el presidente no participó en el conocimiento del caso.

[publicidad:866]

Además, el PP cuestionó el uso del término "sentencias" en plural en el auto, sugiriendo que podría anticipar una decisión sobre cómo proceder y que esto podría ser impugnado por las partes implicadas debido a un posible vicio formal.

Respuesta de la Audiencia

En respuesta, la Audiencia aclaró que la composición del tribunal fue decidida por un acuerdo del presidente, quien actuó dentro de sus funciones y con conocimiento y acuerdo del resto de los magistrados, salvo uno que fue informado posteriormente.

[publicidad:866]

Respecto a la expresión "sentencias" en plural, la Audiencia explicó que esta proviene de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional (TC) y que se extenderá a todas las decisiones pertinentes que se tomen. El tribunal tiene plena autoridad para dictar cualquier tipo de resolución necesaria.

Sobre las futuras sentencias

El PP también señaló que el auto no especifica si acoge o rechaza los argumentos presentados anteriormente, lo cual consideraban inadecuado para un acuerdo sobre la formación del tribunal.

[publicidad:866]

No obstante, la Sección Primera dejó claro que no era necesario aclarar lo solicitado, ya que el pronunciamiento gubernativo se limitaba a establecer cómo debía conformarse el tribunal para cumplir con lo ordenado por el TC.

Composición del tribunal ampliado

El auto mencionado fue emitido tras un acuerdo tomado por el presidente de la Sección Primera en noviembre pasado, donde se determinó que las magistradas María del Pilar Llorente Vara y Encarnación Gómez Caselles formarían parte del nuevo tribunal junto con otros magistrados. Es importante señalar que Gómez Caselles está actualmente en excedencia voluntaria.

[publicidad:866]

A pesar de su situación, existe un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que establece su obligación de participar en este proceso judicial.

Cambio en el tribunal original

Por otro lado, Juan Antonio Calle Peña, quien formaba parte originalmente de esta sección y había sido autor de sentencias previas, ya está jubilado y no podrá participar en las nuevas resoluciones.

    • [publicidad:866]

      El acuerdo sobre este tribunal "ampliado" hace referencia al artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, permitiendo convocar a más magistrados cuando sea necesario para garantizar una adecuada administración de justicia debido a la complejidad del caso.

Nuevas sentencias derivadas

Este será el grupo encargado de emitir nuevas sentencias tras la decisión del TC respecto a los recursos presentados por los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El TC anuló previamente las condenas impuestas por la Audiencia y ordenó a esta última emitir nuevas resoluciones basándose en sus fundamentos legales.

[publicidad:866]

En 2019, Griñán fue condenado a seis años de prisión por malversación y 15 años de inhabilitación por prevaricación; mientras Chaves recibió una pena de nueve años de inhabilitación. Estas condenas fueron confirmadas posteriormente por el Supremo al desestimar sus recursos.

TEMAS RELACIONADOS:


Noticias relacionadas