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Las señales del perímetro de acceso a la Zona de Bajas Emisiones ya están puestas

En vigor desde el 1 de enero, se siguen dando pasos para informar a la ciudadanía de cuáles son los vehículos que pueden acceder y circular por esta zona, de acuerdo a la normativa estatal de cumplimiento obligatorio

Viernes 31 de enero de 2025

La concejala de Seguridad Ciudadana y Función Pública, María del Mar García Lorca, ha avanzado que en los últimos días el Ayuntamiento ha instalado una veintena de señales de tráfico informativas en el perímetro de acceso a la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Almería, en vigor desde el pasado 1 de enero para dar cumplimiento a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, desarrollada mediante ordenanza, según en este caso al Real Decreto 1052/2022 de 27 diciembre, que obliga a todos aquellos municipios de España de más de 50.000 habitantes a contar con un área con limitaciones al tráfico.


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García Lorca ha recordado que este ámbito territorial, aprobado por el Pleno junto a la Ordenanza Reguladora en 2023, queda delimitado por el Cerro de San Cristóbal y la calle de La Reina por su sector este, englobando el Casco Histórico y la zona de Pescadería.


La edil ha explicado que “en los últimos días” se ha terminado de instalar, “tal y como dictaba la normativa” una veintena de señales que indican tanto la entrada a la zona restringida como el preaviso de que se va a entrar a ella. “La Zona de Bajas Emisiones ha quedado señalizada de forma clara, siendo reconocibles los puntos de acceso a dicho espacio. Para ello hemos utilizado la señalización prevista por la Dirección General de Tráfico (DGT), en su normativa específica”, ha trasladado García Lorca, quien ha precisado que las señales “indican los vehículos que, en función del distintivo ambiental del que dispongan, tienen prohibido el acceso, circulación y estacionamiento en la ZBE”.


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En concreto, se han instalado señales de aviso de entrada en las calles Cuesta del Muelle; Cordoneros; Avenida del Mar; Hernández; Poniente; Alborán; Hospital; Plaza Muñoz dirección calle Márquez; Quevedo; y Almanzor. A estas se le añaden las señales de preaviso en la carretera Almería-Málaga, donde se han instalado cuatro; en la Vía Parque, donde hay otras tres; en la calle La Reina, donde también hay tres; y en la calle Milagro cruce con La Reina, donde hay otra.


La concejala ha recordado que actualmente el acceso y tránsito por la ZBE está siendo controlado Policía Local, “que está realizando una gran labor informativa a conductores y residentes respecto a la aplicación de esta nueva situación”. Una vez superado el periodo de información ciudadana, se pondrán en servicio 18 cámaras con lector de matriculas que serán las encargadas de controlar el acceso regulado a esta zona.


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Registro Municipal de Vehículos Autorizados


María del Mar García Lorca ha recordado, igualmente, la aprobación y creación que ha llevado a cabo el Ayuntamiento del Registro municipal de vehículos autorizados para el acceso, circulación y estacionamiento en la Zona de Bajas Emisiones, desde las 8,00 horas hasta las 20,00 horas, así como la documentación a presentar en los supuestos en los que no se cumplan los requisitos exigidos, en cada caso y de acuerdo al tipo de vehículo, que circule por esta zona, y el procedimiento para inscribir en el Registro.


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El acceso a esta información, así como para la inscripción en este Registro, se puede consultar y/o realizar en la web municipal www.almeriaciudad.es a través del enlace https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000020632546407773


El procedimiento de registro se realizará mediante solicitud ante el Registro del Ayuntamiento de Almería, solicitud que implica la inscripción provisional en el Registro de la ZBE, comprobando entonces el consistorio las circunstancias y concurrentes que confirmarán o desestimarán, en cada caso, dicha inscripción.


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¿Quién puede circular por la ZBE?


Todos los vehículos con distintivo ambiental (0, ECO, C y B), ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, vehículos históricos y aquellos que, sin distintivo ambiental, se encuentren de alta, en el municipio de Almería, en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT). En todos estos casos no es necesaria presentar documentación acreditativa para poder circular. Si que desde el Ayuntamiento, como ha así ha recordado la concejala de Seguridad y Función Pública, “recomendamos la obtención y colocación del distintivo ambiental”.


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Además, sin distintivo ambiental, podrán acceder también vehículos que prestan servicios médicos, funerarios, protección civil, vehículos del Servicio de Extinción de Incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, transporte público colectivo, autoescuelas, así como aquellos destinados a servicios generales y públicos básicos (limpieza, retirada de residuos, mantenimiento, obras, zonas verdes…). En estos supuestos tendrán que presentar documentación acreditativa cuando el vehículo no tenga distintivo o no esté en situación de alta según los datos de la DGT, presentando en todos los casos la administración o empresa listado de matrículas y servicios descritos, un procedimiento que se realizará mediante formulario a través de la web municipal (www.almeriaciudad.es)


En los mismos términos la autorización lo será para titulares de comercios/hostelería/hoteles, vehículos destinados a la distribución de mercancías o al reparto a domicilio o propietarios de garajes, solicitud que tendrá que realizarse a través de la web municipal, en el caso de los propietarios de garajes adjuntando matrículas o listado de matrículas y direcciones de garajes.


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Entre los supuestos de aplicación de la ZBE se incluyen también vehículos sin distintivo ambiental de propiedad del titular de tarjeta de persona con movilidad reducida (PMR) o con el que se desplace habitualmente, lo conduzca o no, y aquellos vehículos que requieren una autorización de carácter diario o bien temporal porque necesitan acceder esporádicamente dentro de la ZBE (talleres, hospitales, hoteles)… En estos casos, empresas y/o titulares de vehículos deberán presentar en el Registro Municipal también la solicitud de inscripción en el registro de ZBE.


Recordar, por último, que a partir de este 1 de enero, finalizada la moratoria respecto al régimen sancionador, se considerará como infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE. Esta infracción será sancionada con multa de 200 euros.


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Autorización, circulación y estacionamiento ZBE


TIPO DE VEHÍCULO

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DOCUMENTOS A PRESENTAR

Los ciclos, bicicletas y los vehículos de movilidad personal.

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Los vehículos con distintivo ambiental. Vehículos Históricos.

Los vehículos sin distintivo ambiental en se encuentre en situación de alta en el municipio de Almería según la información del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

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No tiene que presentar documentación.

Se recomienda la obtención y colocación del distintivo adherido la pegatina en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él. En su defecto (en el caso de motocicletas), en cualquier sitio visible del vehículo.

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Los vehículos sin distintivo ambiental:

  • Que prestan servicios médicos. /Vehículos que prestan servicios funerarios/Vehículos de protección civil/Vehículos de Servicio de Extinción de Incendios/Vehículos de las fuerzas y cuerpos de seguridad/ Vehículos de Seguridad Privada/ Los vehículos de transporte público colectivo/Transporte público en automóviles turismo/escuela de conductores
  • Destinados a servicios generales y públicos (Administraciones Públicas, servicios públicos básicos como limpieza, retirada de residuos, mantenimiento, obras y conservación de vías públicas, zonas verdes, instalaciones o similares)

Solo tiene que presentar documentación cuando el vehículo se encuentre en alguno de los siguientes casos:

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-No tengan distintivo ambiental.

-No tenga distintivo/signo exterior que identifique claramente el servicio que prestan.

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-No esté el vehículo en situación de alta en el municipio de Almería según la información del Registro de Vehículos de la DGT.

En este caso, la administración o empresa deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento de Almería listado de matriculas y servicio al que estén adscritos. (formulario en web municipal)

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TIPO DE VEHÍCULO

1

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Los vehículos sin distintivo ambiental:

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-De titulares de comercios/hostelería/hoteles en las respectivas ZBE en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, retribución en especie o como vehículo de sustitución

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Solo tiene que presentar documentación cuando el vehículo se encuentre en alguno de los siguientes casos:

-No tengan distintivo ambiental.

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-No tenga distintivo/signo exterior que identifique claramente el servicio/actividad que prestan.

-No esté el vehículo en situación de alta en el municipio de Almería según la


  • Destinados a la distribución urbana de mercancías (DUM).
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  • Vehículos destinados al reparto domiciliario.
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información del Registro de Vehículos de la DGT.

Solo en los casos en los que se deba presentar documentación, la empresa o titular deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento de Almería solicitud de inscripción en el Registro de ZBE matricula o listado de matriculas y circunstancia (actividad, comercio, etc,. (formulario en web municipal)

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2

Los vehículos sin distintivo ambiental que indiquen los propietarios de plazas de garajes particulares situadas en el interior del área. El número de autorizaciones estará limitado al número de plazas de garaje.

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Solo tiene que presentar documentación cuando el vehículo se encuentre en alguno de los siguientes casos:

-No tengan distintivo ambiental.

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-No esté el vehículo en situación de alta en el municipio de Almería según la información del Registro de Vehículos de la DGT.

Solo en los casos en los que deba presentarse documentación, la empresa o titular deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento de Almería solicitud de inscripción en el Registro de ZBE matricula o listado de matriculas y dirección del garaje. (formulario en web municipal)

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3

Los vehículos sin distintivo ambiental de propiedad del titular de tarjeta de persona de movilidad reducida (PMR) o con el que se desplace habitualmente, lo conduzca o no.

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El vehículo debe llevar la tarjeta de personas con movilidad reducida.

4

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Los vehículos que requieren una autorización de carácter diario o bien temporal porque necesitan acceder esporádicamente dentro de la ZBE. (talleres, hospitales, hoteles. etc.

Solo tiene que presentar documentación cuando el vehículo se encuentre en alguno de los siguientes casos:

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-No tengan distintivo ambiental.

-No esté el vehículo en situación de alta en el municipio de Almería según la información del Registro de Vehículos de la DGT.

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la empresa o titular del vehículo deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento de Almería solicitud de inscripción en el Registro de ZBE matricula o listado de matriculas y la circunstancia concurrente y el plazo de autorización. (formulario en web municipal)

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