El Juzgado de Instrucción 4 de Valencia ha tomado la decisión de procesar a Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat, Ximo Puig, así como a Juan Enrique Adell Bover, quienes son administradores de Comunicacions dels Ports SA y Canal Maestrat SL. Esta acción se enmarca dentro de una investigación sobre subvenciones otorgadas por la Generalitat Valenciana para promover el uso del valenciano en los medios de comunicación, las cuales fueron recibidas por estas empresas y Mas Mut Produccions SL entre 2015 y 2018.
El magistrado ha llegado a la conclusión, tras realizar la instrucción correspondiente, de que los hechos podrían constituir delitos de estafa y falsedad documental. Sin embargo, se ha descartado la posibilidad de fraude en las subvenciones, ya que la cantidad supuestamente mal percibida por los investigados y sus sociedades asciende a aproximadamente 67.500 euros, cifra que no supera el umbral de 120.000 euros requerido para este tipo penal durante el periodo en cuestión.
En el auto que inicia el procedimiento abreviado, se indica que las acciones llevadas a cabo son significativas tanto en términos cuantitativos como en relación con los métodos utilizados. Se mencionan prácticas como el uso de facturas falsas, creación de sociedades instrumentales, domicilios ficticios y actividades que no guardan relación con las subvenciones obtenidas, lo cual resultó en un enriquecimiento para las empresas gestionadas por los acusados.
La investigación se centra en las ayudas proporcionadas por las instituciones autonómicas a Comunicacions dels Ports SA, Mas Mut Producció SL y Canal Maestrat. En el caso de la Generalitat Valenciana, estas ayudas estaban destinadas a proteger y difundir el valenciano; mientras que en Cataluña se buscaba ofrecer subvenciones estructurales para servicios en lengua catalana o aranesa.
El juzgado ha establecido un plazo de diez días para que el Fiscal y las acusaciones presentes en el procedimiento soliciten ya sea el sobreseimiento del caso o la apertura del juicio oral mediante un escrito formal. Cabe destacar que esta resolución no es definitiva y puede ser objeto de recurso.
Cifra | Descripción |
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67,500 euros | Cantidad supuestamente percibida de forma indebida por los investigados y sus sociedades. |
120,000 euros | Cuantía que requería el tipo penal vigente en el momento de los hechos para considerar fraude en las subvenciones. |
2015 - 2018 | Años en los que se investigan las subvenciones recibidas por las empresas. |
10 días | Plazo dado al Fiscal y acusaciones para solicitar el sobreseimiento o la apertura de juicio oral. |